Por el cual se adscribe en Puerto Colombia la oficina de Correos a la oficina de Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo único. Desde el día primero de diciembre próximo venturo la Administración de Correos de Puerto Colombia funcionará adscrita a la Oficina Telegráfica del mismo lugar, y tendrá para atender al servicio de correos un Ayudante, con la asignación mensual de quince pesos ($ 15).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de noviembre de 1917.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno; Miguel ABADIA MÉNDEZ.
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