Por el cual se adscribe en Puerto Colombia la oficina de Correos a la oficina de Telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1917-11-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. Desde el día primero de diciembre próximo venturo la Administración de Correos de Puerto Colombia funcionará adscrita a la Oficina Telegráfica del mismo lugar, y tendrá para atender al servicio de correos un Ayudante, con la asignación mensual de quince pesos ($ 15).

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de noviembre de 1917.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno; Miguel ABADIA MÉNDEZ.

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