Por el cual se hace un traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1942-08-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 4 de agosto del presente año autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado entre apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional,

DECRETA:

Articulo 1° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente

Ministerio de Educación Nacional.

Capítulo 67.

Del artículo 1012. Para compra, montaje y sostenimiento de una imprenta en la Biblioteca

Nacional $2.600.00
Capítulo 67. Al artículo 1011. Para compra de libros, publicaciones, encuadernación, canje, bibliotecas aldeanas, infantiles, útiles de escritorio, transportes, conservación del edificio, servicios de energía, agua, teléfono, aseo y demás gastos de la Biblioteca Nacional $ 2.600.00
Articulo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de agosto de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Germán ARCINIEGAS

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