Por el cual se traslada una suma en el Presupuesto de la actual vigencia

Rango Decreto
Publicación 1925-12-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

decreta:

Artículo único. Trasládase dentro del capítulo 71 y de los artículos 7 56, 758 y 760, al artículo 761, la suma de trece mil pesos ($ 13,000) para muebles, útiles de escritorio, formularios y modelos de todas clases con destino a la contabilidad y a la formación y revisión de cuentas de las oficinas nacionales de manejo, formularios, boletines e instrucciones para las oficinas de estadística y demás gastos del Departamento de Contraloría, la cual se tomará así:

Del artículo 756 $ 3,000
Del artículo 758 5,000
Del artículo 760 5,000
Total $ 13,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de diciembre de 1925.

PEDRO NEL OSPINA-Por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Secretario encargado del Despacho, José Arturo ANDRADE.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.