Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1942-08-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO.

que el Consejo de Ministros en su sesión del día .29 de julio del presente año autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en la nota número 8740, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

Ministerio de Obras Públicas.

Capítulo 81.

Del artículo 1217 Para la adquisición de un barco oficial con destino a la navegación en el río Atrato

Ley 72 de 1940 35.000.00
Capítulo 92.
Del artículo 1361 Para el pago de cuentas pendientes de vigencias anteriores 1.138.86
Suman los contracréditos. $ 36.138.86
Capítulo 80.
Al artículo 1203. Para gastos extraordinarios imprevistos del Ministerio, en el año 1.138.86
Capítulo 92.
Al artículo 1360-B Para terminar la construcción del acueducto de Quibdó, según contrato 35.000.
suman los créditos 36.138.86
Articulo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese publíquese

Dado en Bogotá a 5 de agosto de 1942

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Obras Públicas,

José GOMEZ PINZON

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