Que organiza militarmente los empleados del Ramo de Correos y Telégrafos de la capital y dicta otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1895-03-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo

decreta:

Artículo 1.° Los empleados del Ramo de Correos y Telégrafos de la capital y los que salgan fuera de ella en comisión, formarán un cuerpo militar, que pertenecerá á la 1ª División del Ejército.
Artículo 2.° Nómbrase al Sr. D. Enrique de Narváez, actual Director general de dicho Ramo, Jefe del mencionado Cuerpo, en el empleo de Coronel. Autorízasele para hacer los nombramientos de 2.° Jefe y Oficiales, y para darle la organización militar del caso.
Artículo 3.° El expresado Batallón prestará el servicio militar de campaña que se le asigne, en las mismas condiciones de los demás cuerpos de la guarnición.
Artículo 4.° Los individuos del expresado Cuerpo que se inutilicen combatiendo en defensa del Gobierno legítimo de Colombia, y los padres, mujeres ó hijos de los que mueran en acción de guerra, función de armas ó cualquier otro acto al servicio de la Nación, tendrán derecho á los premios, pensiones ó recompensas que asigna á los miembros del Ejército en servicio activo el Código Militar y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, en el Palacio de Gobierno, á 31 de Enero de Enero de 1895.

El Ministro de Gobierno,

José Domingo Ospina C.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Marco F. Suárez.

El Ministro de Hacienda,

Carlos Uribe

El Ministro de Guerra,

Edmundo Cervantes.

El Ministro de Instrucción Pública,

Liborio Zerda.

El Ministro del Tesoro,

Miguel Abadía Méndez

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