Por el cual se hacen unos contracréditos y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962. (Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos), por $ 80.000.00

Rango Decreto
Publicación 1962-08-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la Republica de Colombia

en uso de sus atribuciones legales y en armonía con las normas del artículo 212 de la Constitución Nacional y la del Decreto 0164 de 1950 Ley 141 de 1961 y

CONSIDERANDO

Que el Concejo de Ministros en su sesión del 25 de junio del año en curso según consta en el acta respectiva aprobó la apertura del crédito adicional por $ 80.000.00, al Presupuesto vigente destinado a gastos del Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos con base en el saldo de los contracréditos

Que el consejo de Estado, en sesión celebrada el 4 de los corrientes, emitió concepto favorable a la- apertura del referido crédito adicional, para gastos de divulgación del Plan General de Desarrollo Económico y Social y

Que se han observado todas las demás normas legales pertinentes según aparece del expediente levantado al efecto

DECRETA:

Artículo 1° Hacense los siguientes contracréditos a la ley de apropiaciones para la vigencia fiscal en curso con base en el Certificado de Disponibilidad expedido por el contralor general de la República.
Presupuesto de funcionamiento.
contracréditos
CAPITULO 021
Consejo Nacional de política Económica y Planeación
Servicios personales
101 111 Articulo 0201 Sueldos del personal de nomina 20.000.00.
CAPITULO 022
Departamento Administrativo de Planeación y servicios Técnicos.
Programa III
Asuntos Generales y asistencia Técnica
Gastos Generales.
106 111 Artículo 0239 Impresos y publicaciones 60.000.00
Suman los contracreditos $ 80.000.00
Artículo 2° Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior abrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962.
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Crédito
Presupuesto de funcionamiento
CAPITULO 022
Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos.
Programa III
Asuntos Generales y Asistencia Técnica
Gastos generales
106 111 Articulo 0239 A Divulgación del Plan General de Desarrollo Económico y Social 80.000.00
Suma el Crédito 80.000.00
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, D.E., a 18 de julio de 1962

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Jorge Mejía Palacio.

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