Por el cual se hacen unos contracréditos y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962. (Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos), por $ 80.000.00
El presidente de la Republica de Colombia
en uso de sus atribuciones legales y en armonía con las normas del artículo 212 de la Constitución Nacional y la del Decreto 0164 de 1950 Ley 141 de 1961 y
CONSIDERANDO
Que el Concejo de Ministros en su sesión del 25 de junio del año en curso según consta en el acta respectiva aprobó la apertura del crédito adicional por $ 80.000.00, al Presupuesto vigente destinado a gastos del Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos con base en el saldo de los contracréditos
Que el consejo de Estado, en sesión celebrada el 4 de los corrientes, emitió concepto favorable a la- apertura del referido crédito adicional, para gastos de divulgación del Plan General de Desarrollo Económico y Social y
Que se han observado todas las demás normas legales pertinentes según aparece del expediente levantado al efecto
DECRETA:
Artículo 1° Hacense los siguientes contracréditos a la ley de apropiaciones para la vigencia fiscal en curso con base en el Certificado de Disponibilidad expedido por el contralor general de la República.
| Presupuesto de funcionamiento. | |
|---|---|
| contracréditos | |
| CAPITULO 021 | |
| Consejo Nacional de política Económica y Planeación | |
| Servicios personales | |
| 101 111 Articulo 0201 Sueldos del personal de nomina | 20.000.00. |
| CAPITULO 022 | |
| Departamento Administrativo de Planeación y servicios Técnicos. | |
| Programa III | |
| Asuntos Generales y asistencia Técnica | |
| Gastos Generales. | |
| 106 111 Artículo 0239 Impresos y publicaciones | 60.000.00 |
| Suman los contracreditos $ | 80.000.00 |
| Artículo 2° Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior abrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962. | |
| --- | --- |
| Crédito | |
| Presupuesto de funcionamiento | |
| CAPITULO 022 | |
| Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos. | |
| Programa III | |
| Asuntos Generales y Asistencia Técnica | |
| Gastos generales | |
| 106 111 Articulo 0239 A Divulgación del Plan General de Desarrollo Económico y Social | 80.000.00 |
| Suma el Crédito | 80.000.00 |
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, D.E., a 18 de julio de 1962
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Jorge Mejía Palacio.
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