Por el cual se reglamenta la manera de realizar el estudio técnico a que se refiere el artículo 9º de la Ley 25 de 1921

Rango Decreto
Publicación 1925-01-08
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que la Ley 25 de 1921 creó el impuesto de valorización, destinado exclusivamente a las obras de desecación de terrenos inundables que pudieran utilizarse para la agricultura, y se hace indispensable reglamentar la manera de proveer el pago del estudio técnico preliminar ordenado por dicha Ley,

decreta:

Artículo 1º El estudio técnico preliminar que deben realizar las Juntas especiales creadas por la Ley 25 de 1921, antes de proceder a la ejecución de una obra u obras de interés público local, a que se refiere el artículo 3° de la misma Ley, se llevar a término en la forma que en seguida se expresa:
Artículo 2º Para la tasación y recaudación del impuesto de valorización que haya de destinarse a la ejecución de las obras respectivas, se estará a lo dispuesto en la Ley 25 1921 y al Decreto número 219 de 1923.
Artículo 3º Para la recaudación del impuesto inicial a que se refiere el artículo 1º de este Decreto, el Tesorero de la Junta deberá hacer uso de la jurisdicción coactiva para su cobro, y emplear para su recaudación los medio legales que se usan para la recepción de las demás contribuciones públicas, al tenor de la autorización conferida en el artículo 7º de la Ley 25 antes mencionada, respecto de aquellos propietarios que vayan a beneficiarse con la obra u obras respectivas y que se nieguen al pago dentro del término prudencial señalado por la Junta. La misma facultad deberá ejercer, siempre que fuere necesario, para obtener el pago del impuesto de valorización destinado a la ejecución de la obra ordenada por la Junta y cuyo estudio técnico preliminar se haya realizado, en la forma que se deja expresada.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de diciembre de 1924.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Industrias, Diógenes A. REYES.

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