Por los cuales se hace una distribución y se dictan otras disposiciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 500.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 de la Ley 4ª de 1970, faculta al Gobierno Nacional para distribuir las partidas liquidadas en el Presupuesto de Gastos, que necesiten ser divididas, teniendo, en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;
Que tales distribuciones deben ser originarias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, para lo cual solo se requiere la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público;
Que el Ministerio de Educación Nacional ha solicitado la aplicación de la precitada norma, en unas apropiaciones asignadas por medio del Decreto 1592 de 1971, en su presupuesto de inversión de la actual vigencia, y
Que al dictarse el Decreto número 1763 de 1971 sobre distribución de unas apropiaciones del presupuesto vigente, del Ministerio de Educación Nacional, no se tuvo en cuenta, en lo que respecta al artículo 6854 A, la identificación de ordinales hecha en la misma apropiación por Decreto 1388 de 1971, por lo cual debe proveerse la rectificación pertinente; Que la Dirección General del Presupuesto encuentra conveniente y ajustada a las disposiciones legales vigentes, la petición propuesta,
DECRETA:
Artículo 1° Revocase la distribución hecha del artículo 6854 A (Programa 684 A) del presupuesto vigente del Ministerio de Educación Nacional, efectuada mediante Decreto 1763 de 8 de septiembre de 1971:
PRESUPUESTO DE INVERSION
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Capítulo 680.
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Programa 684 A.
Administración del Fondo de Investigaciones
Científicas y Proyectos Especiales Francisco
José de Caídas.
588 319. Artículo 6854 A. Para gastos de administración del Fondo de Invetigaciones: Científicas y Proyectos Especiales: (Colciencias), según distribución por decreto que requerirá la aprobación de la Dirección General del Presupuesto
$ 500.000.00.
Que se distribuye así:
| Servicios personales. | |
|---|---|
| Proyecto 1 Sueldos del personal de nómina | $ 203.347.00 |
| Proyecto 2 sueldos del personal supernumerario | 2.048.00 |
| Proyecto 2.A Gastos de representación | 1.953.00 |
| Proyecto 3. Remuneración servicios técnicos | 4.800.00 |
| Proyecto 3 A Honorarios | 4.400.00 |
| Proyecto 4 Prima de méritos profesionales | 25.794.00 |
| Proyecto 4 Prima de Navidad | 21.489.00 |
| Proyecto 5 Subsidio familiar | 10.933.00 |
| Proyecto 6 Subsidio de alimentación | 10.122.00 |
| Proyecto 7 Auxilio de transporte | 484.00 |
| Gastos generales. | |
| Proyecto 8. Mantenimiento y aseguras | 14.125.00 |
| Proyecto 9. Compra de equipo | 57.526.00 |
| Proyecto 10. Viáticos y gastos de viaje | 10.254.00 |
| Proyecto 11. Servicias, de comunicaciones. | 3.680.00 |
| Proyecto12. Servicios públicos | 12.892.00 |
| Proyecto 13. Materiales y suministros | 28.997.00 |
| Proyecto. 14. Impresos y publicaciones | 6.564.00 |
| Proyecto. 14. A Arrendamientos | 17.685.00 |
| Proyecto15. Gastos varios e imprevistos | 800.00 |
| Transferencias | |
| Proyecto 17. Fondo Nacional de Ahorro | 26.737.00 |
| Proyecto 18. Contraloría General de la República 35.370.00 | |
| Total | $ 500.000.00 |
Artículo 2° Aclárase el Decreto número 886 de 1971, en el sentido de que la leyenda corree; a del ordinal 1, artículo 3109 es: Programa en los Territorios Misionales: y no como aparece allí.
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D, E., a 24 de septiembre de 1971.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El, Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Llorente M.
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