Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1945-08-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 6 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto vigente:
Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
Capítulo 41. Del artículo 425. Para sueldos del personal del Departamento Nacional de Trabajo y sus dependencias, en el año $ 15.000.00
Capítulo 47. Del artículo 635. Para jornales y materias primas del Laboratorio Nacional de Higiene "Samper & Martínez" 102.734.62
Suman los contracréditos $ 117.734.62
Capítulo 41. Al artículo 427. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Departamento Nacional del Trabajo y sus dependencias $ 10.000.00
Capítulo 47. Al artículo 635-A. Para la adquisición de un predio para fundar una granja destinada a mantener los animales del Instituto Nacional de Higiene (Ley 27 de 1926) 102.734.62
Capítulo 49. Al artículo 667. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio 5.000.00
Suman los créditos $ 117.734.62
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de agosto de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos S. DE SANTAMARIA

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

Adán ARRIAGA ANDRADE

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