Por el cual se hace una distribución parcial en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971 (Ministerio de Salud Pública), por $ 170.000.00

Rango Decreto
Publicación 1971-10-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 12 de la Ley 4° de 1970 faculta al Gobierno Nacional para distribuir las partidas liquidadas en el Presupuesto de Gastos, que necesiten ser divididas, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamento Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;

Que tales distribuciones deben ser originarías del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, para lo cual; sólo se requiere la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público;

Que el Ministerio de Salud Pública ha solicitado la aplicación de la precitada norma, para el reparto parcial de la suma de $ 170.000.00, apropiada en el Capítulo 231, Programa 251, artículo 2318 de su presupuesto, dé funcionamiento de la actual vigencia, y

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público encuentra procedente la aplicación de la norma legal antes invocada,

DECRETA:

Artículo 1° Hacer la siguiente, distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1971:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Capítulo 231.

Ministerio de Salud Pública.

Programa, 251.

Dirección Superior.

Transferencias.

203 111 440. Artículo 2318. Auxilios a Congresos Médicos y Científicos: $ 250.000.00
Que se distribuye parcialmente así:
Ordinal 7. Al. Congreso de Salud Pública que
se celebrará en Pasto $ 170,000.00
Total $ 170.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá. D. E. a 24 de septiembre de 1971.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro: de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Llorente M.

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