Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 2.419.714

Rango Decreto
Publicación 1972-11-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que por medio del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Educación Nacional, por medio de la Resolución número 4639 de 1972, declaró sobrante la cantidad de $ 2.419.714.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972, con el objeto de qua sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 31 de 1972, por $ 2.419.714.00, para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972.

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Contracréditos

Ministerio de Educación Nacional

Capítulo 281

Ministerio de Educación Nacional

Programa 317

Educación Media

Subprograma 1. Establecimientos de Bachillerato.

Servicios personales

Colegios de Bachillerato

Colegio de Bachillerato con jornada ordinaria.

101, 313, 103. Artículo 3145. Sueldos del personal de nómina $ 1.647.570.00 1.647.570.00
Ordinal 65-B. Colegio de Bachillerato, La Uvita, Boyacá $ 233.934.00
Ordinal 65-C. Colegio de Bachillerato Femenino, Garzón, Huila 187.770.00
Ordinal 65-D. Colegio de Bachillerato, Gigante Huila 187.464.00
Ordinal 65-E. Colegio de Bachillerato, Baraya Huila 200.034.00
Ordinal 65-F. Colegio de Bachillerato, Mixto "Juan Ignacio Ortiz, San José, Nariño 225.420.00
Ordinal 65-G. Colegio Antonio Nariño San Pablo, Nariño 219.960.00
Ordinal 65-H. Colegio Mixto, Simón Bolívar, Samaniego, Nariño 191.034.00
Ordinal 65-1. Colegio de Bachillerato, Charalá, Santander 201.954.00
102. 313. 117. Artículo 3146. Prima de Navidad 137.296.00 137.296.00
Colegio de Bachillerato con jornada ordinaria.
Ordinal 65-B. Colegio de Bachillerato, La Uvita, Boyacá 19.494.00
Ordinal 65-C. Colegio de Bachillerato, Femenino, Garzón, Huila 15.647.00
Ordinal 65-D. Colegio de Bachillerato, Gigante, Huila 15.622.00
Ordinal 65-E. Colegio de Bachillerato, Baraya, Huila 16.670.00
Ordinal 65-F. Colegio de Bachillerato Mixto, "Juan Ignacio Ortiz", San José, Nariño $ 18.785.00
Ordinal 65-G. Colegio Antonio Nariño, San Pablo, Nariño 18.330.00
Ordinal 65-H. Colegio Mixto, Simón Bolívar, Samaniego, Nariño 15.919.00
Ordinal 65-I. Colegio de Bachillerato, Charalá, Santander 16.829.00
Subprograma 3. Establecimiento de Educación Industrial.
101, 313, 103. Artículo 3174. Sueldos del personal de nómina 634.848.00 634.848.00
Escuelas Industriales Escuelas Industriales Escuelas Industriales Escuelas Industriales
Ordinal 35. Escuela Industrial, Tumaco 634.818.00
Suman los contracréditos $ 2.419.714.00 2.419.714.00
CREDITOS CREDITOS CREDITOS CREDITOS
Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Educación Nacional
Capítulo 281 Capítulo 281 Capítulo 281 Capítulo 281
Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Educación Nacional
Programa 311 Programa 311 Programa 311 Programa 311
Dirección, Coordinación e Inspección de la Educación. Dirección, Coordinación e Inspección de la Educación. Dirección, Coordinación e Inspección de la Educación. Dirección, Coordinación e Inspección de la Educación.
Subprograma 1. Gabinete del Ministro. Subprograma 1. Gabinete del Ministro. Subprograma 1. Gabinete del Ministro. Subprograma 1. Gabinete del Ministro.
Servicios personales Servicios personales Servicios personales Servicios personales
101, 111, 105. Artículo 3002. Gastos de representación 25.000.00 25.000.00
Gastos generales
106, 111, 205. Artículo 3007. Viáticos y gastos de viaje 135.000.00 135.000.00
Subprograma 5. Planeamiento Educativo
Servicios personales
106, 111, 205. Artículo 3007. Viáticos y gastos de viaje 135.000.00 135.000.00
Subprograma 5. Planeamiento Educativo
Servicios personales
102, 111, 20. Artículo. 3047. Prima Técnica 30.000.00 30.000.00
Programa 316 Programa 316 Programa 316 Programa 316
Educación Elemental Educación Elemental Educación Elemental Educación Elemental
Subprograma 1. Educación Pre-escolar Jardines Infantiles.
Servicios personales Servicios personales Servicios personales Servicios personales
101, 312, 103. Artículo 3099. Sueldos del personal de nómina 82.000.00 82.000.00
Ordinal 1. Jardín Infantil Nacional, Bogotá $ 82.000.00
102, 312, 117. Artículo 3100. Prima de Navidad 8.000.00 8.000.00
Ordinal 1. Jardín Infantil Nacional, Bogotá $ 8.000.00
Subprograma 4. Enseñanza Experimental Escuelas Piloto.
Servicios personales Servicios personales Servicios personales Servicios personales
l0l, 312, 103. Artículo 3126. Sueldos del personal de nómina 125.460.00 125.460.00
Ordinal 1. Escuela Piloto Aplicación, Bogotá $ 125.460.00
102, 312, 117. Artículo 3127. Prima de Navidad 10.455.00 10.455.00
Ordinal 1. Escuela Piloto de Aplicación, de Bogotá $ 10.455.00
Programa 317 Programa 317 Programa 317 Programa 317
Educación Media Educación Media Educación Media Educación Media
Subprograma 1. Establecimiento de Bachillerato. Subprograma 1. Establecimiento de Bachillerato. Subprograma 1. Establecimiento de Bachillerato. Subprograma 1. Establecimiento de Bachillerato.
Servicios personales Servicios personales Servicios personales Servicios personales
101, 313, 103. Artículo 3145. Sueldos del personal de nómina 897.440.00 897.440.00
Colegios de Bachillerato con doble jornada y Sección Nocturna
Ordinal 75. Colegio "José Eusebio Caro", Barranquilla (M-T-N) 540.200.00
Ordinal. 85. Instituto Simón Araujo, Sincelejo $ 357.240.00
102, 313, 117. Artículo 3146. Prima de Navidad $ 79.016.00 79.016.00
Ordinal 75. Colegio "José Eusebio Caro", Barranquilla - (M-T-N) 45.016.00
Ordinal 85. Instituto "Simón Araújo" (Sincelejo (M-T) $ 34.000.00
Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias
203, 313, 413. Artículo 3162-A. Instituto del Liderato Social y Páramo 500.000.00 500.000.00
Subprograma 3. Establecimientos de Educación Industrial.
Institutos Técnicos Institutos Técnicos Institutos Técnicos Institutos Técnicos
Servicios personales Servicios personales Servicios personales Servicios personales
101, 313, 103. Artículo 3174. Sueldos del personal de nómina $ 277.608.00 277.608.00
Ordinal 3. Instituto Técnico Industrial, Barranquilla $ 277.608.00
102, 313, 117. Artículo 3176. Prima de Navidad 23.000.00 23.000.00
Ordinal 3. Instituto Técnico Industrial, Barranquilla $ 23.000.00
Subprograma 4. Establecimientos de Educación Agropecuaria.
Escuelas Vocacionales Escuelas Vocacionales Escuelas Vocacionales Escuelas Vocacionales
Servicios personales Servicios personales Servicios personales Servicios personales
101, 313, 103. Artículo 3190. Sueldos del personal de nómina 133.200.00 133.200.00
Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 133.200.00
101, 313, 113. Artículo 3191. Jornales 9.600.00 9.600.00
Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 9.600.00
102, 313, 117. Artículo 3192. Prima de Navidad 18.550.00 18.550.00
Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 18.550.00
102, 313, 119. Artículo 3193. Prima de alimentación 10.800.00 10.800.00
Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 10.800.00
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
105, 313, 203. Artículo 3195. Compra de equipo 18.000.00 18.000.00
Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 18.000.00
106, 313, 205. Artículo 3196. Viáticos y gastos de viaje 3.000.00 3.000.00
Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 3.000.00
106, 313, 209. Artículo 3198. Servicios Públicos 3.000.00 3.000.00
Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 3.000.00
106, 313, 211. Artículo 3199. Materiales y suministros 15.585.00 15.585.00
Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 15.585.00
Programa 319 Programa 319 Programa 319 Programa 319
Dirección de Servicios Educativos Dirección de Servicios Educativos Dirección de Servicios Educativos Dirección de Servicios Educativos
Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias
203. 317, 430. Artículo 3267-B. Capacitación del personal de planta del Ministerio de Educación Nacional 15.000.00 15.000.00
Suman los créditos $ 2.419.714.00 2.419.714.00
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de octubre de 1972.

misael pastrana borrero

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.