Por el cual se reconoce y se fija una asignación
POR EL CUAL SE RECONOCE Y SE FIJA UNA ASIGNACION
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que al liquidar el presupuesto del personal del Ministerio de Correos y Telégrafos para el presente año, se le asignó al Portero Escribiente de la Agencia Postal de Santa Marta el sueldo mensual de $ 45-60 en vez de $ 54-60 que le corresponde de acuerdo con los Decretos expedidos en años anteriores sobre aumento de las asignaciones del personal de correos; y
Que la diferencia no apropiada puede pagarse con los saldos de las economías realizadas en el curso de la presente vigencia.
DECRETA:
Artículo 1.º A partir del 1.° de enero del presente año reconócese al Portero Escribiente de la Agencia Postal de Santa Marta el sueldo mensual de S 54-60 en lugar de $ 45-60 cuya asignación se le fijó en el presupuesto actual. El mismo sueldo de $ 54-60 se le fija hasta el resto de la vigencia.
Artículo 2.° El gasto que ocasiona este Decreto se pagará del capítulo 55, artículo 731, del Presupuesto vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de octubre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José Jesús GARCIA
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