Por el cual se distribuye una apropiación (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1951-10-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1°. Disminuyese en $ 135.000 la apropiación del Capítulo 117, artículo 1581, ordinal mayúscula G), del Presupuesto vigente "Para el puente sobre el río Ponce, en San Gil, en la carretera Barbos-Bucaramanga.
Artículo 2°. Disminúyese en $ 70.000 la protección del Capítulo 118, artículo 1581, O), del Presupuesto vigente, "Para la ampliación de los puentes en la carretera Cúcuta-La Frontera".
Artículo 3°. Disminuyese en $ 60.000 la apropiación del Capítulo 118, artículo 1581, ordinal S), del Presupuesto vigente, "Para el puente "Guamal", sobre Caño Guamal, en la carretera Banco-Pinto".

Esta suma se incorporarán en la partida global correspondiente al Capítulo 118, artículo 1581.

Artículo 4°. Del saldo de la partida apropiada en el Capítulo 118, artículo 1581, "Para la terminación de puentes y construcción de otros", hácese la siguiente distribución parcial, para la ejecución de la siguiente obra:

Capítulo 118, artículo 1581

Ordinal Z-13. Para el puente "Gambote" $ 265.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de septiembre de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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