Por el cual se hacen unas distribuciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971 (Ministerio de Salud Pública), por $ 650.346.00

Rango Decreto
Publicación 1971-10-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 12 de la Ley 4ª de 1970, facultó al Gobierno Nacional para distribuir las partidas liquidadas en el Presupuesto de Gastos, que necesiten ser divididas, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;

Que tales distribuciones deben ser originarias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, para lo cual sólo se requiere de la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público;

Que el Ministerio de Salud Pública ha solicitado la aplicación de la precitada norma, en unas apropiaciones de sus presupuestos de funcionamiento e inversión de la actual vigencia, y;

Que la Dirección General del Presupuesto encuentra conveniente y ajustada a las disposiciones legales vigentes la petición propuesta,

DECRETA:

Artículo 1º Hacer las siguientes distribuciones en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1971:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Ministerio de Salud Pública.

Capítulo 231

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Programa 252

Atención Médica.

Subprograma 3.

Sostenimiento de Hospitales y Centros de Salud.

203 352 412. Artículo 2400. Comisaría del Vichada $ 450.346.00
Que se distribuye así:
Ordinal 1. Puerto Carreño: Hospital San Juan de Dios 450.346.00
PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Salud Pública. Capítulo 630. Ministerio de Salud Pública. Programa 637. Construcción, terminación de Hospitales, Centros y Puestos de Salud. Inversión Directa. 510 352. Artículo 6332-A. Para programas de emergencia hospitalaria, por conducto del Fondo Nacional Hospitalario, mediante distribución por Decreto que el Ministerio de Salud propondrá a la Dirección General del Presupuesto $ 4.000.000. Que se distribuye parcialmente así: Proyecto 3. Al servicio Seccional de Salud del. Departamento del Tolima, para el Hospital San Rafael de El Espinal. $ 200.000.00
Total $ 650.346.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de septiembre de 1971.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Llorente M.

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