Por el cual se reforma el marcado con el número 1439 de 1915

Rango Decreto
Publicación 1917-01-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. De la fecha del presente Decreto en adelante los empleados de la Oficina de Corrección de la Imprenta Nacional devengarán mensualmente los siguientes sueldos:

El Jefe, $ 60.

Los Correctores, cada uno, $ 50.

Los Ayudantes y el Confrontador de pruebas y tiras cada uno, $ 40.

Artículo 2°. Créase el puesto de Ayudante del Jefe de la Encuadernación, con una asignación mensual de $ 25.

Queda en estos términos reformado el Decreto número 1439, de 25 de agosto de 1915.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de enero de 1917.

JOSE VICENTE CONCHA - El Ministro de Gobierno, miguel ABADIA MENDEZ.

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