Por el cual se extiende la jurisdicción de un Consulado
El Presidente de la República de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Extiéndese la jurisdicción del Consulado de Colombia en Oruro, de la República de Bolivia, al Departamento de Cochambamba, de la misma Nación
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 25 de febrero de 1913.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
francisco jose URRUTIA
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