Por el cual se incrementan las asignaciones básicas de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores en el exterior
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981,
DECRETA:
Artículo 1º. A partir del 1º de enero de 1982, increméntase en un catorce por ciento (14%) las asignaciones básicas de los funcionarios diplomáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del personal administrativo de servicio en el exterior.
Artículo 2º. Si resultaren fracciones inferiores a US$ 10.00 se aproximarán a la decena siguiente.
Artículo 3º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de enero de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYAYALA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos Lemos Simmonds.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
EduardoWiesnerDurán.
El Jefe del Departamento Administrativo del ServicioCivil',
Laura Ochoa de Ardila
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