Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de 1925

Rango Decreto
Publicación 1925-12-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el Consejo de Ministros, en sesión del día 18 del presente mes, tuvo a bien acceder a la solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores para que se autorice el traslado de una suma dentro del capítulo 20 de la Ley de Apropiaciones de la presente vigencia fiscal, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 34 de 1923,

decreta:

Trasládase del capítulo 20, articulo 233, de la Ley de Apropiaciones para el año de 1925, la suma de cuatro mil quinientos pesos ($ 4,500), al artículo 227 del mismo capítulo.

Por el Ministerio de Relaciones Exteriores se dará cumplimiento a lo ordenado en el artículo 17 de la Ley 34 de 1923.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de diciembre de 1925.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Relaciones Exteriores, Eduardo RESTREPO SAENZ.

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