por el cual se modifica la Planta de Personal de la Superintendencia de Seguro de Salud
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1ºSuprimir de la Planta de Personal de la Superintendencia de Seguros de Salud, el siguiente cargo:
| NUMERO CARGOS | NOMBRE DEL CARGO | CODIGO | GRADO |
|---|---|---|---|
| DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE. | DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE. | DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE. | DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE. |
| 1 | Dibujante | 4095 | 08 |
Artículo 2ºCréase en la Planta de Personal de la Superintendencia de Seguros de Salud, el siguiente cargo:
| NUMERO CARGOS | NOMBRE DEL CARGO | CODIGO | GRADO |
|---|---|---|---|
| DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE. | DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE. | DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE. | DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE. |
| 1 | Operador Equipo de Sistemas | 4100 | 08 |
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1509 de 1978 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 7 de octubre de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
El Ministro de Salud,
José Granada Rodríguez.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquín Barreto Ruiz.
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