por el cual se modifica la estructura de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, se determinan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que según Acta No. 5 del 18 de marzo de 2013, la Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura.
DECRETA:
Artículo 1°. Estructura. La estructura de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, será la siguiente:
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- Junta Directiva.
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- Gerencia General.
- 2.1. Oficina Asesora de Planeación.
- 2.2. Oficina Asesora Jurídica.
- 2.3. Oficina Asesora de Gestión del Riesgo.
- 2.4. Oficina Asesora de Informática.
- 2.5. Oficina de Control Interno.
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- Subgerencia de Vivienda y Proyectos.
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- Subgerencia de Atención al Afiliado y Operaciones.
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- Subgerencia Financiera.
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- Subgerencia Administrativa.
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- Órganos de Asesoría y Coordinación.
7.1 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.
7.2 Comité Laboral.
Artículo 2°. Junta Directiva y Gerencia General. La Junta Directiva y la Gerencia General de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, cumplirán las funciones señaladas en la ley, en los estatutos de la Entidad y en las demás disposiciones legales vigentes.
Artículo 3°.Oficina Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes:
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- Presentar a la Gerencia General las propuestas de políticas para el desarrollo de la planeación estratégica y mantenimiento del sistema de gestión integrado en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión y demás modelos de gestión dispuestos por el Gobierno Nacional.
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- Monitorear la sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión y demás modelos gerenciales que sean dispuestos por el Gobierno Nacional y la normativa vigente.
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- Asesorar y liderar la formulación del plan estratégico institucional, planes de acción y demás planes institucionales de conformidad con las políticas emitidas por el Gobierno Nacional.
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- Diseñar los lineamientos para la implementación del sistema de medición de la gestión, monitorear su desempeño y proponer acciones para el fortalecimiento institucional.
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- Liderar la elaboración de estudios relacionados con el desarrollo organizacional orientados a la modernización de la entidad, su articulación con la gestión de procesos y el modelo de operación.
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- Coordinar con las dependencias la racionalización y actualización de trámites y la mejora de procesos de conformidad con lo establecido en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión y demás modelos establecidos, según corresponda.
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- Dirigir y coordinar la gestión de la información estadística de la entidad con el fin de facilitar la toma de decisiones a nivel gerencial.
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- Asesorar y coordinar con la Subgerencia Financiera la elaboración del anteproyecto de presupuesto de cada vigencia y su correspondiente alineación con el plan estratégico institucional, el plan de acción institucional y demás planes.
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- Proponer a la Gerencia General la estrategia de rendición de cuentas y participación ciudadana en la gestión y coordinar con las dependencias su ejecución.
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- Elaborar los informes de gestión y desempeño institucional en cumplimiento de las políticas, planes y programas para ser presentados ante las autoridades competentes.
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- Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza.
Artículo 4°.Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes:
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- Asesorar a la Junta Directiva, Gerencia General y dependencias de la entidad en los asuntos jurídicos, de conformidad con las normas constitucionales, legales y reglamentarias correspondientes.
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- Defender los intereses de la entidad y ejercer su representación y defensa judicial y extrajudicial en los asuntos y procesos en que sea parte, conforme a la delegación de la Gerencia General.
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- Emitir los conceptos jurídicos y resolver las consultas sobre asuntos en materia de su competencia.
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- Analizar, proyectar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones y demás actos administrativos que deba proponer o expedir la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía.
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- Compilar, actualizar y sistematizar las normas legales, reglamentarias, los conceptos, la jurisprudencia y la doctrina relacionada con la misión y competencia de la entidad.
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- Asesorar a la Gerencia General y demás dependencias en la interpretación y aplicación de las normas constitucionales, legales, estatutarias y reglamentarias que rijan su actividad.
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- Coordinar con las dependencias competentes las respuestas a los recursos en contra de actos administrativos proferidos por la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía que sean sometidos a su consideración.
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- Asesorar y apoyar a la Gerencia General en la revisión de los proyectos de respuesta a requerimientos de los órganos de control y vigilancia y demás partes interesadas, cuando le sea requerido.
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- Elaborar y notificar los actos administrativos que agoten la actuación administrativa relativa a los recursos de ley y revocatoria directa, proferidos por la Gerencia General.
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- Elaborar y presentar ante las autoridades competentes, los informes jurídicos de cumplimiento de políticas, planes y programas en la periodicidad requerida.
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- Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza.
Artículo 5°.Oficina Asesora de Gestión del Riesgo. Son funciones de la Oficina Asesora de Gestión del Riesgo, las siguientes:
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- Proponer políticas para la gestión, identificación, medición y monitoreo de los sistemas de administración del riesgo con base en las operaciones autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia y demás autoridades competentes.
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- Realizar el monitoreo, seguimiento y control de los potenciales riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo a los que está expuesta la entidad.
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- Establecer el perfil de riesgo individual y consolidado de los diferentes riesgos a que este expuesta la entidad.
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- Estructurar y monitorear el plan de continuidad de negocio de la entidad.
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- Realizar el monitoreo y seguimiento a los controles de las operaciones de la entidad, para gestionar los riesgos relacionados con la seguridad de la información y la ciberseguridad.
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- Presentar a la alta dirección y a los entes de control, los informes y demás documentos, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de riesgos.
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- Estructurar el marco de apetito, tolerancia y capacidad del riesgo al que está expuesta la entidad.
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- Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza.
Artículo 6°.Oficina Asesora de Informática. Son funciones de la Oficina Asesora de Informática, las siguientes:
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- Formular y ejecutar el Plan Estratégico de Tecnología de la Información y el Plan de Transformación Digital de la entidad, de acuerdo con lo establecido en el plan estratégico institucional.
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- Proponer y administrar el Modelo de Arquitectura Empresarial de la entidad en concordancia con el Plan Estratégico de Tecnología de la Información, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión y demás normativa aplicable.
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- Proponer y gestionar las políticas de administración de recursos tecnológicos y planes de ciberseguridad que garanticen el funcionamiento de la plataforma tecnológica de la entidad.
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- Diseñar e implementar los sistemas de información y asegurar su adecuado funcionamiento e interoperabilidad de acuerdo con las operaciones de la entidad.
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- Verificar el cumplimiento de las normas legales sobre el uso de software, recibir y custodiar las licencias de propiedad de la entidad y mantener actualizada la suscripción de servicios de tecnología.
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- Administrar la plataforma tecnológica y disponer los servicios de mantenimiento, suministro y desarrollo de software, aplicaciones, soporte técnico e infraestructura.
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- Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza.
Artículo 7°.Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes:
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- Elaborar el plan anual de auditoría para la aprobación del Comité de Auditoría.
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- Evaluar y realizar seguimiento independiente al Sistema Institucional de Control Interno, con enfoque basado en riesgos, control preventivo, operativo, de gestión y posterior, con estándares nacionales e internacionales de acuerdo con la normativa vigente.
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- Evaluar la eficacia del Sistema de Gestión de Riesgos, Sistema de Control Interno Contable y las exposiciones al riesgo referidas a gobierno, operaciones y sistemas de información, de acuerdo con las disposiciones de las autoridades competentes.
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- Realizar la evaluación de la efectividad y adecuación del Sistema de Control Interno, en las áreas y procesos de la entidad.
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- Presentar a la Junta Directiva, Comité de Auditoría, Gerencia General y demás organismos competentes, los informes correspondientes y al monitoreo y seguimiento a la gestión de los planes de mejoramiento resultantes de las evaluaciones realizadas.
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- Asesorar en materia de control interno a la alta dirección, participar en los diferentes comités, y presentar las recomendaciones pertinentes.
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- Fortalecer la cultura de autocontrol con enfoque a la prevención, para minimizar los riesgos a que pueda estar expuesta la entidad.
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- Cumplir con las normas establecidas por el Gobierno Nacional para el ejercicio del control interno.
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- Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza.
Artículo 8°. Subgerencia de Vivienda y Proyectos. Son funciones de la Subgerencia de Vivienda y Proyectos, las siguientes:
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- Diseñar y ejecutar la política de vivienda de la entidad de conformidad con los modelos de solución de vivienda, trámites, servicios y productos financieros según el marco legal aplicable.
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- Definir y desarrollar las estrategias para la promoción, mercadeo y comercialización de los modelos de solución de vivienda, productos y servicios financieros de la entidad.
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- Realizar el análisis del mercado inmobiliario identificando condiciones favorables para promocionarlas a los afiliados de acuerdo con su categoría y capacidad de compra.
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- Realizar alianzas estratégicas con entidades públicas y privadas para facilitar y promover el acceso a soluciones de vivienda y a los programas que adelante el Gobierno Nacional en materia de vivienda y crédito, para los afiliados.
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- Diseñar y ejecutar la estrategia de comunicaciones de la entidad con relación a los modelos de solución de vivienda, productos y servicios financieros, según las políticas institucionales.
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- Realizar la adquisición y otorgamiento de las soluciones de vivienda a los beneficiarios del Fondo de Solidaridad y controlar la ejecución de los recursos asignados, de acuerdo con la metodología y normativa establecida para tal fin.
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- Definir, ejecutar y controlar estrategias orientadas al cumplimiento de las metas de vivienda de acuerdo con lo establecido en el Plan Estratégico Institucional.
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- Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza.
Artículo 9°. Subgerencia de Atención al Afiliado y Operaciones. Son funciones de la Subgerencia de Atención al Afiliado y Operaciones, las siguientes:
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- Planear, dirigir y controlar la prestación del servicio a los afiliados a través de los puntos de atención y puntos móviles, con relación a los trámites, solicitudes, servicios y productos financieros de la entidad.
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- Realizar la afiliación e identificación de los afiliados de acuerdo con los criterios establecidos por la entidad y la normativa vigente.
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- Dirigir, verificar y asegurar el registro y administración de los ahorros, cesantías, subsidios, otros aportes y demás información de los afiliados en las cuentas individuales, de acuerdo con la normativa vigente.
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- Establecer los lineamientos para la atención de las solicitudes del consumidor financiero en relación con los trámites, productos y servicios de la entidad, de conformidad con las disposiciones de la Superintendencia Financiera de Colombia y demás autoridades competentes.
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- Establecer los mecanismos para la gestión integral de los trámites de los afiliados con fundamento en la normativa vigente.
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- Promover el ahorro voluntario en los afiliados en relación con los productos y servicios de acuerdo con los lineamientos establecidos por la entidad.
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- Verificar el registro de las operaciones de tesorería de acuerdo con las políticas y límites de exposición al riesgo aprobadas por la Junta Directiva.
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- Coordinar la ejecución de la valoración diaria, movimiento contable y el registro de los rendimientos del portafolio de inversiones de la entidad.
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- Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza.
Artículo 10.Subgerencia Financiera. Son funciones de la Subgerencia Financiera, las siguientes:
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- Asegurar el cumplimiento del marco legal en el desarrollo de propuestas de políticas, objetivos y estrategias financieras, según las disposiciones de la Superintendencia Financiera de Colombia y demás entes de control.
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- Realizar estudios y análisis económicos y financieros con el fin de proponer las estrategias para la correcta gestión de activos y pasivos cumpliendo con las políticas, programas e iniciativas aprobadas por la alta gerencia.
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- Dirigir la planeación financiera, tributaria, presupuestal y de recursos de terceros, que garantice la razonabilidad de los estados financieros.
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- Proponer nuevos productos y servicios financieros dentro de las operaciones activas y pasivas reguladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
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- Formular, implementar y evaluar controles para mitigar el riesgo del ciclo financiero de la entidad.
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- Realizar seguimiento y control en el manejo del disponible y la proyección del flujo de caja para garantizar la liquidez y el pago oportuno de las obligaciones de la entidad.
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- Preparar y presentar los informes y estados financieros con su correspondiente análisis a la alta dirección, entes de control y autoridades competentes.
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- Formular, coordinar y cumplir los lineamientos para la programación, aprobación, ejecución y modificación del presupuesto y los recursos de terceros de la entidad.
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- Hacer seguimiento y analizar el plan financiero de la entidad para proponer las estrategias financieras que permitan hacer la gestión del GAP de los subsidios de vivienda.
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- Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza.
Artículo 11. Subgerencia Administrativa. Son funciones de la Subgerencia Administrativa, las siguientes:
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- Dirigir, ejecutar y controlar la formulación de políticas y la adopción de los planes generales, estudios y programas relacionados con la gestión del talento humano, adquisición de bienes y servicios, contratación, gestión documental, administración de los bienes inmuebles, recursos físicos y materiales, de manera que se garantice el cumplimiento de la misión de la Empresa.
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- Dirigir, desarrollar y controlar la administración del talento humano desde su selección, vinculación, remuneración, formación, capacitación, promoción y evaluación del desempeño, bienestar integral, desvinculación de acuerdo con las normas legales vigentes y políticas internas.
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- Dirigir y desarrollar el modelo de gestión humana por competencias que permita el desarrollo profesional alineados a los objetivos institucionales y el mejoramiento continuo.
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- Coordinar y controlar la ejecución de los procesos de situaciones administrativas y jubilación del personal de la Empresa, de acuerdo con las normas legales vigentes.
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- Coordinar las acciones necesarias para la actualización del manual de funciones, competencias y requisitos de los funcionarios de la Entidad.
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- Dirigir, coordinar y controlar la elaboración y ejecución del plan de contratación de la Empresa.
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- Dirigir, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y la Subgerencia Financiera, el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento y sus modificaciones, para el trámite y aprobación respectiva.
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- Dirigir y controlar los procesos de contratación en sus etapas precontractual, contractual y de liquidación, con base en las especificaciones técnicas presentadas por las áreas de acuerdo con el plan de acción y conforme a las disposiciones legales aplicables, para la adquisición de bienes y servicios que requiera la Empresa.
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- Dirigir los análisis financieros de proveedores, de licitaciones, de convenios interinstitucionales y otros que requiera la Entidad y evaluar los riesgos financieros.
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- Coordinar y dirigir el desarrollo de las actividades inherentes a los procesos de almacén y suministros, reparaciones locativas, mantenimiento de equipos de oficina, aseo, cafetería y vigilancia.
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- Proponer políticas, procedimientos, proyectos y estrategias tendientes a la adecuada utilización y custodia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Empresa.
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- Coordinar la aplicación del Régimen Disciplinario y conocer en primera instancia los procesos que se adelanten contra los funcionarios de la Empresa, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente sobre la materia.
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- Dirigir, coordinar e implementar el sistema de gestión documental (archivo y correspondencia), mecanismos para la custodia de los archivos y vigilar la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información, patrimonio documental y cultural de la Caja.
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- Dirigir, controlar y proponer políticas, planes y proyectos para los servicios administrativos y el apoyo logístico requerido en la Empresa.
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- Proponer políticas de identificación y administración del riesgo para mitigar la exposición al mismo en las operaciones, procesos, procedimientos y actividades que se ejecuten de acuerdo con su competencia funcional.
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- Preparar y presentar a la Gerencia General y entidades de control, los informes administrativos, con sus correspondientes análisis y los demás que le sean solicitados por las autoridades competentes, en cumplimiento de las normas vigentes.
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- Gestionar los riesgos y el autocontrol de la Subgerencia Administrativa, con un enfoque basado en procesos y criterios de calidad.
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- Ejercer las demás funciones inherentes a la naturaleza de su dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales
Artículo 12. Órganos de Asesoría y Coordinación. La composición y las funciones de los órganos de asesoría y coordinación, se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia. El Gerente General podrá crear comités permanentes o transitorios especiales en los temas alusivos a la entidad y conforme a las disposiciones legales vigentes
Artículo 13. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 2650 del 18 de julio de 2008 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de septiembre de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Defensa Nacional,
Juan Carlos Pinzón Bueno.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.