Por el cual se organiza el ramo de guerra

Rango Decreto
Publicación 1929-11-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 11
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El Presidente de la República,

en uso de las facultades que le confiere la Ley 15 de 1929, y oído el concepto de la Junta Asesora del Ministerio de Guerra,

DECRETA:

Artículo 1° Desde el 1° de diciembre del presente año, el personal del ramo de Guerra no podrá exceder de:

Siete Generales de División.

Siete Generales de Brigada.

Veinticinco Coroneles.

Treinta Tenientes Coroneles.

Treinta y ocho Mayores

Ciento quince Capitanes.

Ciento veintinueve Tenientes.

Ciento cuarenta y ocho Subtenientes.

Ocho mil individuos de tropa (Suboficiales, Cabos segundos y soldados); y

El personal de empleados militares y auxiliar que se fija en el presente Decreto.

Artículo 2° El ramo de Guerra quedará constituido en cuatro agrupaciones, con la siguiente organización:

A-MINISTERIO DE GUERRA, con las siguientes reparticiones que dependerán directamente del Ministro:

B-INSTITUTOS DE CULTURA MILITAR, serán los siguientes: Escuela Superior de Guerra; Escuela Militar de Cadetes; Escuela de Aviación, y Escuela de Suboficiales.

C-EJERCITO, constará de cinco Divisiones, cada una con su Plana Mayor y tres Batallones de Infantería. Las Divisiones tendrán además:

La 1ª un Grupo de Caballería, un Grupo de Artillería, un Batallón de Ferrocarrileros y una Compañía de Sanidad.

La 2ª un Batallón de Ferrocarrileros.

La 3ª un Grupo de Caballería, un Grupo de Artillería y un Batallón de Ferrocarrileros.

La 4ª un Batallón de Zapadores.

La 5ª un Escuadrón de Jinetes.

Los Batallones de Infantería constarán de una Plana Mayor, tres Compañías de Fusileros y una de Ametralladoras pesadas de a cuatro piezas.

El Batallón Cartagena tendrá una Compañía más de Fusileros, destinada a las guarniciones de San Andrés y Providencia. Los Grupos de Caballería constarán de una Plana Mayor y dos Escuadrones de Jinetes.

Los Grupos de Artillería constarán de una Plana Mayor y dos Baterías de a cuatro piezas.

El Batallón de Zapadores constará de una Plana Mayor y dos Compañías de Zapadores.

Los Batallones de Ferrocarrileros constarán de una Plana Mayor y dos Compañías de Explotación.

Además, habrá un Batallón de Infantería Guardia de Honor, que constará de una Plana Mayor, tres Compañías de Fusileros y un Pelotón de Caballería, que dependerá para su empleo, del Presidente de la República, y para asuntos de organización, instrucción y administración, del Ministro de Guerra. Artículo 3° La numeración y distribución de las Divisiones en el país corresponderá con la actual División Territorial Militar en Zonas.

Artículo 4° La denominación de los Comandos y Cuerpos de tropas, será la siguiente:

Batallón Guardia de Honor.

1ª División:

Comando de la 1ª División.

Batallón de Infantería Bolívar número 1.

Batallón de Infantería Sucre número 2.

Batallón de Infantería Bárbula número 13

Grupo de Caballería Páez número 1.

Grupo de Artillería Bogotá número 1.

Batallón de Ferrocarrileros Mejía número 1.

Compañía de Sanidad número 1.

2ª División:

Comando de la 2ª División.

Batallón de Infantería Nariño número 5.

Batallón de Infantería Córdoba número 6.

Batallón de Infantería Cartagena número 7.

Batallón de Ferrocarrileros Albán número 2.

3ª División: Comando de la 3ª División.

Batallón de Infantería Pichincha número 10.

Batallón de Infantería Junín número 11.

Batallón de Infantería Boyacá número l5.

Grupo de Caballería Cabal número 3.

Grupo de Artillería Palacé número 3.

Batallón de Ferrocarrileros Soublette número 3.

4ª División:

Comando de la 4ª División.

Batallón de Infantería Girardot número 8.

Batallón de Infantería Ayacucho número 9.

Batallón de Infantería Bombona número 14.

Batallón de Zapadores Caldas número 4.

5ª División:

Comando de la 5ª División.

Batallón de Infantería Ricaurte número 3.

Batallón de. Infantería Santander número 4.

Batallón de Infantería García Rovira número 15.

Escuadrón de Caballería Maza número 5.

Jefatura de Frontera del Norte.

Jefatura de Frontera del Sur.

D-LA FLOTILLA FLUVIAL, mientras llegan las nuevas unidades, quedará constituida por el cañonero Colombia. D-LA FLOTILLA FLUVIAL, mientras llegan las nuevas unidades, quedará constituida por el cañonero Colombia. D-LA FLOTILLA FLUVIAL, mientras llegan las nuevas unidades, quedará constituida por el cañonero Colombia.
Artículo 5° Las dotaciones y asignaciones mensuales del personal, del ramo de Guerra, serán: Artículo 5° Las dotaciones y asignaciones mensuales del personal, del ramo de Guerra, serán: Artículo 5° Las dotaciones y asignaciones mensuales del personal, del ramo de Guerra, serán:
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A-MINISTERIO DE GUERRA A-MINISTERIO DE GUERRA A-MINISTERIO DE GUERRA
a) Gabinete del Ministro: a) Gabinete del Ministro: a) Gabinete del Ministro:
Un Ministro de Guerra 800 9,600
Un Edecán del señor Presidente 350 4,200
Un Secretario Privado del Ministro 200 2,400
Un Chofer 90 1,080
Un Mecanógrafo 80 960
Un Ordenanza del Ministro 30 360
b) Departamento número 1 b) Departamento número 1 b) Departamento número 1
Secretaría: Secretaría: Secretaría:
Un General de División, Jefe del Departamento 400 4,800
Un Teniente Coronel, Adjunto al Departamento 250 3,000
Un Mayor, Adjunto al Jefe del Departamento 230 2,760
Un General de Brigada, Jefe de la Sección de Sueldos de Retiro 330 3,960
Un General de Brigada, Jefe de la Sección de Personal 330 3,980
Un Capitán, Adjunto a la Sección de Personal 200 2,400
Un Auditor General, Jefe de la Sección de Justicia 200 2,400
Un Capellán General, Jefe de la Sección de Culto 100 1,200
Un Capitán, Oficial de Correspondencia 200 2,400
Un Cajero Contador para la Sección de Sueldos de Retiro. 200 2,400
Cinco Mecanógrafos, cada uno 80 4,800
Un Chofer 90 1,080
Un Conserje 80 960
Un Conserje segundo 50 600
Tres Carteros, cada uno 30 1,080
Dos Telefonistas, cada uno 30 720
Cinco Ordenanzas, cada uno. 30 1,800
Archivo: Archivo: Archivo:
Un Jefe del Archivo del Ejército 230 2,760
Un Ayudante del Jefe del Archivo 120 1,440
Un Mecanógrafo 80 960
c) Departamento número 2. c) Departamento número 2. c) Departamento número 2.
Estado Mayor General: Estado Mayor General: Estado Mayor General:
Un General de División, Jefe del Departamento 380 4,560
Cuatro Coroneles, Jefes de Sección, cada uno 300 14,400
Un Teniente Coronel, Jefe de Sección 250 3,000
Un Coronel Agregado Militar L. N. 300 3.600
Dos Tenientes Coroneles, Agregados Militares, cada uno 250 6,000
Cuatro Mayores, Adjuntos a las Secciones, cada uno 230 11,040
Seis Mecanógrafos, cada uno. 80 5,760
Dos Dibujantes, cada uno 80 1,920
Un Portero 65 780
Un Cartero 30 360
Diez Ordenanzas, cada uno 30 3,600
Servicio Territorial: Servicio Territorial: Servicio Territorial:
Cinco Mayores, Comandantes de Zona Territorial, cada uno 230 13,800
Veinticuatro Capitanes, Comandantes de Distrito Militar, cada uno 200 57,600
Un Teniente, Comandante de Distrito Militar 140 1,680
Cinco Sargentos segundos, Escribientes de Zona, cada uno 50 3,000
Veinticinco Cabos primeros, Escribientes de Distrito Militar, cada uno 40 12,000
Ciento ochenta y siete Cabos primeros, Escribientes de Circunscripción, cada uno $ 40 89,760
Treinta Ordenanzas, cada uno 30 10,800
d) Departamento número 3. d) Departamento número 3. d) Departamento número 3.
Inspección General: Inspección General: Inspección General:
Un General de División, Inspector General 380 4,560
Cinco Coroneles, Jefes de Sección, cada uno 300 18,000
Cuatro Mecanógrafos, cada uno 80 3,840
Seis Ordenanzas, cada uno 30 2,160
e) Departamento número 4. e) Departamento número 4. e) Departamento número 4.
De Material de Guerra: De Material de Guerra: De Material de Guerra:
Un Coronel de Brigada, Jefe del Departamento 330 3,960
Dos Coroneles, Jefes de Sección, cada uno 300 7,200
Un Ingeniero Arquitecto, Jefe de Sección 300 3,600
Dos Jefes de Depósito, cada uno 150 3,600
Un Inspector de obras 100 1,200
Un Jefe del taller de vestuario y equipo 200 2,400
Un Tenedor de Libros del Depósito de Vestuario 100 1,200
Cuatro Mecanógrafos, cada uno 80 3,340
Un Dibujante Mecanógrafo 80 960
Un Armero 50 600
Un Embarcador 50 600
Cuatro Empacadores, cada uno 40 1,920
Tres Ordenanzas, cada uno 30 1,080
Fábrica de Municionesy Maestranza : Fábrica de Municionesy Maestranza : Fábrica de Municionesy Maestranza :
Dirección: Dirección: Dirección:
Un Coronel Director 300 3,600
Un Contador segundo 140 1,680
Un Médico segundo 140 1,680
Un Técnico Jefe 325 3,900
Un Almacenista 100 1,200
Un Dibujante Mecanógrafo 80 960
Un Chofer de camión 90 1,080
Fabricación de Cartuchería: Fabricación de Cartuchería: Fabricación de Cartuchería:
Un Mecánico primero 125 1,500
Dos Mecánicos segundos, cada uno 100 2,400
Dos Mecánicos terceros, cada uno 70 1,680
Un Lavador de materiales 45 540
Un Recogedor Fogonero 45 540
Dos Ayudantes (lavado y recocido), cada uno 25 600
Un Cargador de cartuchos 40 480
Ocho Maquinistas, cada uno 35 3,360
Dos Empacadores, cada uno. 40 960
Taller de herramientas: Taller de herramientas: Taller de herramientas:
Un Mecánico primero 125 1,500
Un Mecánico segundo 100 1,200
Maestranza: Maestranza: Maestranza:
Un Jefe de talleres 200 2.400
Un Mecánico primero 125 1,500
Un Mecánico segundo 100 1,200
Un Mecánico tercero 70 840
Un Carpintero 50 600
Un Herrero 50 600
Un Fundidor 50 600
Diez Aprendices, cada uno 5 600
Guardia de la Fábrica: Guardia de la Fábrica: Guardia de la Fábrica:
Un Teniente Comandante 40 1,680
Un Sargento segundo 50 600
Tres Cabos primeros, cada uno 40 1,440
Tres Cabos segundos, cada uno 15 540
Cuarenta y tres soldados, cada uno 5 2,580
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Un Enfermero 40 480
Un Ranchero 25 600
Un Sastre 50 600
Un Zapatero 50 600
Un Peluquero 50 600
f) Departamento número 5. f) Departamento número 5. f) Departamento número 5.
Higiene: Higiene: Higiene:
Un Coronel, Jefe del Departamento $ 300 3,600
Un Mayor, Jefe de la Sección de Remonta y Veterinaria 230 2,700
Un Médico, Jefe de la Sección de Sanidad y Alimentación 250 3,000
Un Veterinario Jefe 200 2,400
Un Dentista 80 960
Un Practicante Farmaceuta 80 900
Dos Mecanógrafos, cada uno. 80 1,920
Dos Ordenanzas, cada uno 30 720
g) Sección de Contabilidad y Pagaduría: g) Sección de Contabilidad y Pagaduría: g) Sección de Contabilidad y Pagaduría:
Un Coronel, Jefe de la Sección 300 3,600
Un Contador Pagador 250 3,000
Un Tenedor de Libros 180 2,160
Un Examinador de Cuentas. 150 1,800
Tres Ayudantes, cada uno 100 3,600
Un Registrador 80 960
Dos Mecanógrafos, cada uno. 80 1,920
Dos Ordenanzas, cada uno. 30 720
h) Sección de la Flotilla Fluvial: h) Sección de la Flotilla Fluvial: h) Sección de la Flotilla Fluvial:
Un Coronel, Jefe de la Sección 300 3,300
Un Mecanógrafo 80 930
Un Ordenanza 30 330
i) Dos Jefaturas de Frontera, i) Dos Jefaturas de Frontera, i) Dos Jefaturas de Frontera,
constará cada una de:
Un General de División o de Brigada 380 9,120
Un Teniente Ayudante 140 3,360
Un Mecanógrafo 80 1,920
Dos Ordenanzas, cada uno 30 1,440
B-INSTITUTOS DE CULTURA MILITAR. B-INSTITUTOS DE CULTURA MILITAR. B-INSTITUTOS DE CULTURA MILITAR.
a) Escuela Superior de Guerra: a) Escuela Superior de Guerra: a) Escuela Superior de Guerra:
Un Coronel, Director 300 3,600
Un Teniente Coronel, Subdirector 250 3,000
Un Teniente Coronel, Profesor 250 3,000
Un Mayor, Profesor 230 2,760
Un Teniente, Ayudante 140 1,680
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Medico primero 180 2,130
Un Contador segundo 140 1,680
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Dos Escribientes, cada uno 65 1,560
Un Ecónomo 50 600
Un Mayordomo 40 480
Dos Rancheros, cada uno 25 600
Dos Sirvientes, cada uno 15 360
Un Enfermero 40 480
Un Portero 50 600
Un Sastre 50 600
Un Peluquero 50 600
Un Carpintero 50 600
Un Mayordomo de caballerizas 40 480
Ocho Palafreneros, cada uno. 15 1,440
Ocho Asistentes, cada uno 15 1,440
b)Escuela Militar de Cadetes: b)Escuela Militar de Cadetes: b)Escuela Militar de Cadetes:
Un General de Brigada, Director 330 3,960
Un Teniente Coronel, Subdirector 250 3,000
Dos Capitanes, Comandantes de Compañía, cada uno 200 4,300
Un Capitán, maestro de equitación 200 2,400
Un Teniente, Ayudante . 140 1,680
Cinco Tenientes de Compañía, cada uno 140 8,400
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico primero 180 2,160
Un Contador primero . 200 2,400
Un Dentista 80 960
Un Capellán, Profesor de Religión 70 840
Alumnos: Alumnos: Alumnos:
Hasta ciento treinta Cadetes efectivos y treinta supernumerarios. Hasta ciento treinta Cadetes efectivos y treinta supernumerarios. Hasta ciento treinta Cadetes efectivos y treinta supernumerarios.
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Un Mecanógrafo $ 80 900
Un Chofer 90 1,080
Un Escribiente 65 780
Un Ecónomo 50 600
Un Mayordomo 40 480
Cinco Rancheros, cada uno 25 1,500
Veintiún Sirvientes, cada uno 15 3,780
Un Enfermero 40 480
Un Armero 50 600
Dos Sastres, cada uno 50 1,200
Dos Zapateros, cada uno 50 1,200
Un Guarnicionero 50 600
Un Herrador 50 600
Un Carpintero 50 600
Dos Peluqueros, cada uno 50 1,200
Un Portero 50 600
Dos Roperas, cada una 40 960
Ocho Palafreneros, cada uno 15 1,440
Diez Asistentes, cada uno 15 1,300
Tropa: Tropa: Tropa:
Un Sargento primero 70 840
Tres Sargentos segundos, cada uno 50 1,800
c) Escuela Militar de Aviación: c) Escuela Militar de Aviación: c) Escuela Militar de Aviación:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Coronel, Director 300 3,600
Un Mayor, Oficial de Detall 230 2,760
Dos Capitanes Monitores, cada uno 200 4,800
Dos Tenientes, cada uno 140 3,360
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico primero 180 2,160
Un Contador primero 200 2,400
Un Capellán 50 600
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Un Escribiente 65 780
Un Profesor civil 40 480
Dos Mecánicos primeros, cada uno 125 3,000
Tres Mecánicos segundos, cada uno 100 3,600
Tres Mecánicos terceros cada uno 70 2,520
Cuatro Mecánicos cuartos, cada uno 40 1,920
Dos Carpinteros, cada uno 50 1,200
Dos Peluqueros, cada uno 50 1,200
Dos Choferes, cada uno (de camión) 90 2,160
Un Zapatero 50 600
Un Sastre 50 600
Un Guarnicionero 50 600
Un, Enfermero 40 480
Un Mayordomo 40 480
Un Ranchero 25 300
Dos Sirvientes, cada uno 15 360
Diez Asistentes, cada uno 15 1,800
Pelotón Terrestre de Aviación: Pelotón Terrestre de Aviación: Pelotón Terrestre de Aviación:
Oficiales y tropas: Oficiales y tropas: Oficiales y tropas:
Un Teniente, Comandante 140 1,680
Un Sargento segundo 50 600
Dos Cabos primeros, cada uno 40 960
Dos Cabos segundos, cada uno 15 360
Treinta soldados, cada uno 5 1,800
d) Escuela de Suboficiales: d) Escuela de Suboficiales: d) Escuela de Suboficiales:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Mayor, .Director 230 2,760
Un capitán 200 3,400
Tres Tenientes, cada uno 140 5,040
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico segundo 140 1,680
Un Contador segundo 140 1,680
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Un Escribiente 65 780
Un Ecónomo 50 600
Un Enfermero 40 400
Un Mayordomo 40 480
Dos Rancheros, cada uno 25 600
Un Sirviente 15 180
Un Armero 50 600
Un sastre 50 600
Un Zapatero 50 600
Un carpintero 50 600
Un peluquero 50 600
cuatro asistentes, cada uno 15 730
Tropa: Tropa: Tropa:
Un Sargento primero 70 840
C-EJERCITO DE LA REPUBLICA. C-EJERCITO DE LA REPUBLICA. C-EJERCITO DE LA REPUBLICA.
a) Cinco Planas Mayores de División, cada una con. a) Cinco Planas Mayores de División, cada una con. a) Cinco Planas Mayores de División, cada una con.
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un General de División o de Brigada, Comandante de División 380 22,800
Un Coronel, Jefe de Estado Mayor 300 18,000
Un Teniente, Ayudante 140 8,400
Personal auxiliar:
Dos Escribientes, cada uno . 65 7,800
Tres Asistentes, cada uno 15 2,700
b) Quince Planas Mayores de Batallón de Infantería, cada una con: b) Quince Planas Mayores de Batallón de Infantería, cada una con: b) Quince Planas Mayores de Batallón de Infantería, cada una con:
Un Teniente Coronel, Comandante de Batallón 250 45,000
Un Mayor, Oficial de Detall 230 41,400
Un Teniente, Ayudante 140 25,200
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico primero 180 32,400
Un Contador primero 200 36,000
Un Capellán 50 9,000
Personal auxiliar; Personal auxiliar; Personal auxiliar;
Un Tambor Mayor 40 7,200
Un Escribiente 65 11,700
Un Ecónomo 50 9.000
Un Mayordomo 40 7,200
Un Ranchero, Jefe 25 4,500
Dos Sirvientes, cada uno 15 5,400
Un Enfermero 40 7,200
Un Armero 50 9,000
Un Sastre 50 9,000
Un Zapatero 50 9,000
Dos Peluqueros, cada uno 50 18,000
Un Carpintero 50 9,000
Dos Asistentes, cada uno 15 5,400
El Batallón de infantería «Cartagena,» será mandado por un Coronel. El Batallón de infantería «Cartagena,» será mandado por un Coronel. El Batallón de infantería «Cartagena,» será mandado por un Coronel.
c) Plana Mayor del Batallón «Guardia de Honor»: c) Plana Mayor del Batallón «Guardia de Honor»: c) Plana Mayor del Batallón «Guardia de Honor»:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Coronel o Teniente Coronel, Comandante 300 3,600
Un Mayor, Oficial de Detall. 230 2,760
Un Teniente, Ayudante 140 1,680
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico primero 180 2,160
Un Contador primero 200 2,400
Un Veterinario segundo 100 1,200
Un Capellán 50 600
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Un Tambor Mayor 40 480
Un Escribiente 65 780
Un Ecónomo 50 600
Un Mayordomo 40 480
Un Ranchero, Jefe 25 300
Dos Sirvientes, cada uno 15 360
Un Enfermero 40 430
Un Armero 50 600
Un Sastre 50 600
Un Zapatero 50 600
Un Guarnicionero 50 600
Un Herrador 50 600
Dos Peluqueros, cada uno 50 1,200
Un Carpintero 50 600
Dos Asistentes, cada uno 15 360
Banda de Música: Banda de Música: Banda de Música:
Un Director 80 960
Un Músico Mayor 65 780
Tres Músicos Solistas, cada uno 50 1,800
Cinco Músicos de primera clase, cada uno 45 2,700
Cuatro Músicos de tercera clase, cada uno 30 2,880
d) Dos planas Mayores de grupo de Caballería, cada una con: d) Dos planas Mayores de grupo de Caballería, cada una con: d) Dos planas Mayores de grupo de Caballería, cada una con:
Oficiales Oficiales Oficiales
Un Teniente Coronel, Comandante 250 6,000
Un Mayor Oficial de Detall 230 5,520
Un Teniente, Ayudante 140 3,360
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico segundo 140 3,360
Un Contador segundo 140 3,360
Un Veterinario primero 125 3,000
Un Capellán 50 1,200
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Un Instructor de trompetas 40 960
Un Escribiente 65 1,560
Un Ecónomo 50 1,200
Un Mayordomo 40 960
Un Ranchero, Jefe 25 600
Dos Sirvientes, cada uno 15 720
Un Enfermero 40 960
Un Armero 50 1,200
Un Sastre 50 1,200
Un Zapatero 50 1,200
Un Guarnicionero 50 1,200
Un Herrador 50 1,200
Dos Peluqueros, cada uno 50 2,400
Un Carpintero 50 1,200
Dos Asistentes, cada uno 15 720
e) Dos Planas Mayores de Grupo de-Artillería, cada una con: e) Dos Planas Mayores de Grupo de-Artillería, cada una con: e) Dos Planas Mayores de Grupo de-Artillería, cada una con:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Teniente Coronel, Comandante 250 6,000
Un Mayor, Oficial de Detall. 230 5,520
Un Teniente, Ayudante 140 3,360
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico segundo 140 3,360
Un Contador segundo 140 3,360
Un Veterinario primero 125 3,000
Un Capellán 50 1,200
Personal auxiliar:
Un Instructor de cornetas 40 960
Un Escribiente 65 1,560
Un Ecónomo 50 1,200
Un Mayordomo 40 960
Un Ranchero, Jefe 25 600
Dos Sirvientes, cada uno 15 720
Un Enfermero 40 960
Un Armero 50 1,200
Un Sastre 50 1,200
Un Zapatero 50 1,200
Un Guarnicionero 50 1,200
Un Herrador 50 1,200
Dos Peluqueros, cada uno 50 2,400
Un Carpintero 50 1,200
Dos Asistentes, cada uno 15 720
f) Plana Mayor del Batallón de Zapadores: f) Plana Mayor del Batallón de Zapadores: f) Plana Mayor del Batallón de Zapadores:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Teniente Coronel, Comandante 250 3,000
Un Mayor, Oficial de Detall 230 2,760
Un Teniente, Ayudante 140 1,680
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico segundo 140 1,680
Un Contador segundo 140 1,680
Un Capellán 50 600
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Un Tambor Mayor 40 480
Un Escribiente 65 780
Un Ecónomo 50 600
Un Mayordomo 40 480
Un Ranchero, Jefe 25 300
Dos Sirvientes, cada uno 15 360
Un Enfermero 40 460
Un Armero 50 600
Un Sastre 50 600
Un Zapatero 50 600
Dos Peluqueros, cada uno 50 1,200
Un Carpintero 50 600
Dos Asistentes, cada uno 15 360
g) Tres Planas Mayores de Batallón de Ferrocarrileros: g) Tres Planas Mayores de Batallón de Ferrocarrileros: g) Tres Planas Mayores de Batallón de Ferrocarrileros:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Teniente Coronel, 250 9.000
Un mayor, Oficial de Detall. 239 8,280
Teniente, Ayudante 140 5,040
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico segundo 140 5,040
Un Contador segundo 140 5,040
Un Capellán 50 1,800
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Un Maquinista 70 2,520
Un Tambor Mayor 40 1,440
Un Escribiente 65 2,340
Un Ecónomo 50 1,800
Un Mayordomo 40 1,440
Un Ranchero, Jefe 25 900
Dos Sirvientes, cada uno 15 1,080
Un Enfermero 40 1,440
Un armero 50 1,800
Un Sastre 50 1,830
Un Zapatero 50 1,800
Dos Peluqueros, cada uno 50 3,600
Un Carpintero 50 1,800
Dos Asistentes, cada uno 15 1,080
h) Sesenta y cinco Unidades Fundamentales de todas las armas (excepto las Compañías de Ametralladoras), cada una con: h) Sesenta y cinco Unidades Fundamentales de todas las armas (excepto las Compañías de Ametralladoras), cada una con: h) Sesenta y cinco Unidades Fundamentales de todas las armas (excepto las Compañías de Ametralladoras), cada una con:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Capitán, Comandante 200 156,000
Un Teniente 140 109,200
Dos Subtenientes, cada uno. 120 187,200
Tropa: Tropa: Tropa:
Un Sargento primero 70 54,600
Tres Sargentos segundos, cada uno 50 117,000
Seis Cabos primeros, cada uno. 40 187,200
Seis Cabos segundos, cada uno 15 70,200
Ochenta y cuatro soldados, cada uno 5 327,600
i) Quince Compañías de Ametralladoras de a cuatro piezas, cada una con: i) Quince Compañías de Ametralladoras de a cuatro piezas, cada una con: i) Quince Compañías de Ametralladoras de a cuatro piezas, cada una con:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Capitán, Comandante 200 36,000
Un -Teniente 140 25,200
Un Subteniente 120 21,600
Tropa:
Un Sargento primero 70 12,600
Dos Sargentos segundos, cada uno 50 18,800
Cuatro Cabos primeros, cada uno 40 28,800
Dos Cabos segundos, cada uno 15 5,400
Cuarenta y dos soldados, cada uno 5 37,800
j) Una Compañía de Sanidad: j) Una Compañía de Sanidad: j) Una Compañía de Sanidad:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Capitán, Comandante 200 2,400
Un Teniente 140 1,680
Un Subteniente 120 1,440
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico primero 180 2,160
Un Médico segundo 140 1,680
Un Contador segundo 140 1,680
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Un Practicante 80 960
Un Escribiente 63 780
Un Ranchero, Jefe 25 300
Un Sastre 50 600
Un Zapatero 50 600
Un Guarnicionero 50 600
Un Carpintero 50 600
Un Peluquero 50 600
Tropa: Tropa: Tropa:
Un Sargento primero 70 840
Dos Sargentos segundos, cada uno 50 1,200
Cinco Cabos primeros, cada uno 40 2,400
Cinco Cabos segundos, cada uno 15 900
Setenta soldados, cada uno. 5 4,200
k) Pelotón de Caballería del Batallón Guardia de Honor: k) Pelotón de Caballería del Batallón Guardia de Honor: k) Pelotón de Caballería del Batallón Guardia de Honor:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Teniente, Comandante 140 1,680
Tropa: Tropa: Tropa:
Un. Sargento segundo $ 50 600
Tres Cabos primeros, cada uno 40 1,440
Tres Cabos segundos, cada uno 15 540
Cuarenta y tres soldados, cada uno 5 2,580
I) Escuadrón «Maza»: I) Escuadrón «Maza»: I) Escuadrón «Maza»:
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Capitán 200 2,400
Un Teniente 140 1,680
Dos Subtenientes, cada uno 120 2,880
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Contador segundo 140 1,680
Un Médico segundo 140 1,680
Un Veterinario segundo 100 1,200
Un Capellán 50 600
Tropa: Tropa: Tropa:
Un Sargento primero 70 840
Tres Sargentos segundos, cada uno 50 1,800
Seis Cabos primeros, cada uno 40 2,680
Seis Cabos segundos, cada uno 15 1,080
Ochenta y cuatro soldados, cada uno 5 5,040
Personal auxiliar: Personal auxiliar: Personal auxiliar:
Un Instructor de trompetas 40 480
Un Enfermero 40 480
Un Ecónomo 50 600
Dos Rancheros, cada uno 25 600
Un Armero 50 600
Un Zapatero 50 600
Un Sastre 50 600
Un Peluquero 50 600
Un Carpintero 50 600
Un Guarnicionero 50 600
Un Herrador 50 600
Un Sirviente (de casino) 15 180
m) La guarnición de San Andrés tendrá una Compañía de Fusileros del Batallón «Cartagena,» y lo siguiente: m) La guarnición de San Andrés tendrá una Compañía de Fusileros del Batallón «Cartagena,» y lo siguiente: m) La guarnición de San Andrés tendrá una Compañía de Fusileros del Batallón «Cartagena,» y lo siguiente:
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Médico segundo 140 1,680
Un Contador segundo 140 1,680
Personal auxiliar; Personal auxiliar; Personal auxiliar;
Un Ecónomo 50 600
Un Enfermero 40 480
Dos Rancheros, cada uno 25 600
Un Armero 50 600
Un Zapatero 50 600
Un Sastre 50 600
Un Peluquero 50 600
Un Carpintero 50 600
D-CAÑONERO COLOMBIA. D-CAÑONERO COLOMBIA. D-CAÑONERO COLOMBIA.
Oficiales: Oficiales: Oficiales:
Un Teniente Coronel o Mayor, Comandante 250 3,000
Un Capitán Artillero, Oficial de Detall 200 2,400
Empleados militares: Empleados militares: Empleados militares:
Un Contador primero 200 2,400
Un Ingeniero primero 145 1,740
Un Ingeniero segundo 95 1,140
Un Práctico primero 145 1,740
Un Práctico segundo 95 1,140
Personal auxiliar y de tripulación: Personal auxiliar y de tripulación: Personal auxiliar y de tripulación:
Dos Aprendices de práctico, cada uno 15 360
Un Escribiente 65 780
Un Despensero 60 720
Un Carpintero .50 600
Un Armero 50 600
Un Enfermero 40 480
Un Cocinero primero 60 720
Un Cocinero segundo 40 480
Tres Sirvientes, cada uno 20 720
Un Contramaestre primero 70 840
Un Contramaestre segundo 55 660
Un Electricista primero 70 840
Un Electricista segundo 55 660
Dos Aceiteros, cada uno 48 1,152
Cuatro Fogoneros, cada uno. 45 2,160
Un Panadero 40 480
Diez Marineros, cada uno 40 4,800

Artículo 6° Por decretos posteriores se fijarán los acantonamientos de los Comandos de División, Jefaturas de Frontera y Cuerpos de tropas, y se reglamentará lo referente a alimentación y demás servicios de éstos.

Articulo 7° El personal de la guarnición de San Andrés tendrá mientras permanezca en las islas un sobresueldo del 30 por 100 para Oficiales y empleados, del 40 por 100 para Suboficiales, Cabos segundos y personal auxiliar y del 100 por 100 para soldados.

Artículo 8° Los alumnos de las Escuelas Superior de Guerra, de Aviación y de Suboficiales serán destinados por el Ministerio, en comisión, y en el número fijado para cada instituto en sus respectivos reglamentos. Los de la Escuela Militar de Cadetes se reclutarán en la forma establecida por el Reglamento orgánico de este instituto.

Artículo 9° El Estado Mayor General presentará el proyecto de modificaciones a la División Territorial Militar a que diere lugar la organización prescrita para el Ejército en el presente Decreto.

Artículo 10. El personal de tropa de las Unidades fundamentales, con excepción de las Compañías de Ametralladoras, se organizará, para el régimen interno y administrativo, en tres pelotones o secciones, cada uno con un Sargento segundo, cuatro Cabos Comandantes dé escuadra y cuatro escuadras de siete soldados cada una. Para el mismo objeto, las Compañías de Ametralladoras se compondrán de dos secciones cada una, con un Sargento segundo, tres Cabos Comandantes de escuadra y tres escuadras de siete soldados cada una.

Artículo 11. Para el servicio de Asistentes de los Oficiales de las Unidades fundamentales, para Cornetas, Trompetas, Tambores y Rancheros, se tomarán soldados de dichas Unidades, así: tres para Asistentes, dos para Cornetas o Trompetas o Tambores, y uno para Ranchero; este último será relevado semanalmente, a fin de que todos los soldados de la Unidad sé ejerciten en este servicio. En las Unidades de Caballería y Artillería no habrá Tambores

Artículo 12. Por decreto especial se reglamentará el funcionamiento y se fijarán las atribuciones de los Departamentos y Secciones del Ministerio, de las Jefaturas de Frontera, Comandos de División y demás entidades consideradas en este Decreto.

Artículo 13. La creación de las unidades nuevas de. que trata el presente Decreto se efectuará según disposiciones del Ministerio de Guerra, a fin de que al menos sus cuadros queden organizados el 31 de diciembre de este año y listos para completar su dotación en la próxima recepción de contingente.

Artículo 14. Deróganse todas las disposiciones contrarias al presente Decreto, inclusive las orgánicas de la Compañía de Zapadores del Almorzadero.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de noviembre de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Guerra,

José Joaquín VILLAMIZAR

Digitó: CC 52.741.900

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