Por el cual se convoca al Congreso a sesiones extraordinarias
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades, y
considerando:
Que el honorable Congreso se ha abstenido hasta ahora de prorrogar sus sesiones ordinarias de este año; y
1.° Que faltan por considerar varios proyectos de ley de importancia extraordinaria para los intereses sociales y para la administración pública,
decreta:
En los términos del inciso 3.° del artículo 8.° del Acto Legislativo número 3 de 1910, se convoca al Congreso a sesiones extraordinarias, que durarán un mes, extendiéndose por tanto del 18 del presente, al 16 de noviembre próximo.
Durante las sesiones extraordinarias las honorables Cámaras Legislativas se ocuparán en primer lugar en considerar los siguientes proyectos de ley, a saber: de reforma electoral, de emisión bancaria, de exportación de oro, de asuntos sociales, de tarifa de aduanas, y los demás que en nombre del Gobierno presenten los señores Ministros.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de octubre de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
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