Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 22 de septiembre en curso, concedió al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la autorización de que trata el artículo 32 de la Ley 64 de 1931, para efectuar algunos traslados en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en el oficio número 3043, procedente de la Secretaría de la mencionada entidad,
DECRETA:
Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el Presupuestó vigente:
Ministerio de Relaciones Exteriores.
| Del capítulo 21, artículo 90. Para gastos de demarcación de límites y fijación de ellos | $ | 13.000 | |
|---|---|---|---|
| Del capítulo 22, articulo 92. Para muebles y útiles de escritorio del Ministerio | 7.000 | ||
| Al capítulo 20, artículo 82. Para viáticos del Cuerpo Diplomático | 20.000 | ||
| Sumas iguales | $ | 20.000 | 20.000 |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 27 de septiembre de 1939. EDUARDO SANTOS Por el Ministro de Relaciones Exteriores, Alberto GONZALEZ FERNANDEZ, Secretario encargado del Despacho. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 27 de septiembre de 1939. EDUARDO SANTOS Por el Ministro de Relaciones Exteriores, Alberto GONZALEZ FERNANDEZ, Secretario encargado del Despacho. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 27 de septiembre de 1939. EDUARDO SANTOS Por el Ministro de Relaciones Exteriores, Alberto GONZALEZ FERNANDEZ, Secretario encargado del Despacho. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 27 de septiembre de 1939. EDUARDO SANTOS Por el Ministro de Relaciones Exteriores, Alberto GONZALEZ FERNANDEZ, Secretario encargado del Despacho. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO |
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