Por el cual se fija la dotación de uniformes para el personal de la Armada Nacional

Rango Decreto
Publicación 1937-11-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. El personal de Clases de la Armada Nacional recibirá del Gobierno Nacional las prendas que a continuación se fijan:

CLASE "B"

Ropa de trabajo.

Sacos de dril azul, 1 cada 12 meses.

Camisas de dril azul con cuello, 1 cada 6 meses.

Pantalones de dril azul, 1 cada 6 meses.

Gorra para Clase "B," 1 cada año.

Cinturón, 1 cada año.

Par de zapatos, 1 cada 6 meses.

Pares de calcetines azules oscuros, 2 cada 2 meses.

Par de alpargatas, 1 cada 2 meses.

Toallas, 1 cada 6 meses.

Par botines negros, 1 cada año.

Ropa de Parada.

Blusa de dril blanco, 1 cada 6 meses.

Pantalones de dril blanco, 1 cada 6 meses.

Camisas con cuello, 2 cada 6 meses.

Par de zapatos blancos, 1 cada 6 meses.

Pares calcetines blancos, 2 cada 6 meses.

Gorra para Clase "B," 1 cada 6 meses.

Forros para gorras, 1 cada 6 meses.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 2 de noviembre de 1937.

ALFONSO LOPEZ

Ministro de Guerra.

Alberto PUMAREJO,

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