Por el cual se fija la fecha desde la cual rigen las disposiciones de otro

Rango Decreto
Publicación 1920-10-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legajes,

decreta:

Artículo único. Las disposiciones del Decreto número 1897, de 7 del mes en curso, por el cual se fija una partida para gastos de traslación, correspondencia, etc., de un Agente del Gobierno en Londres y París, rigen desde el día primero de julio del corriente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de octubre de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Hacienda, Pomponio GUZMAN.

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