Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1973, en la cantidad de $ 35.000.000.00 y se hace un contracrédito y crédito en el presupuesto de gastos del mismo, por $ 8.050.000.00

Rango Decreto
Publicación 1973-10-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional por medio del Decreto número 1734 de agosto 30 del presente año, adicionó el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Públicas de la actual vigencia, en la cantidad de 5 35.000.000.00 (treinta y cinco millones de pesos moneda corriente), para el Plan Vial Nacional;

Que igualmente por medio del Decreto número 1735 de agosto 301 de 1973, efectuó unos contracréditos y créditos en el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Públicas de la actual vigencia, por la cantidad de $ 8.050.000.00 (ocho millones cincuenta mil pesos moneda corriente), dentro del programa del Plan Vial Nacional;

Que de conformidad con disposiciones legales vigentes, dichas partidas se deben, incorporar en el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la presente vigencia, y

Que se han cumplido todos loé requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1973 en la cantidad de $ -35.000.000.00 (treinta y cinco millones de pesos moneda corriente), según el siguiente detalle:

PRESUPUESTO DE INGRESOS

Ingresos no Tributarios

Aportes

Numeral 2-A. Aporte del Gobierno Nacional Ministerio de Obras Públicas con Recursos Ordinarios $ 35.000.000.00
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1973 en la cantidad de $ 35.000.000.00 (treinta y cinco millones de pesos moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE GASTOS Inversión directa Programa 04 Construcción de Carreteras Troncales Artículo 09. Estudios, const. Reconst. y Pav. de la carretera Troncal Occidental. Proyecto 4. Medellín - Sincelejo $ 20.000.000.00
--- ---
Artículo 13: Estudios, Const. Reconst. y Pav. de la carretera Troncal Transversal del Caribe.
Proyecto 3. La Ye - Paraguachón 15.000.000.00
Total $ 35.000.000.00
Artículo 3° Hácense el siguiente Contracrédito y Crédito en el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1973, en desarrollo del Decreto número 1735 de agosto 30 del presente año: Contracrédito PRESUPUESTO DE GASTOS Inversión directa Programa 05 Construcción de Carreteras troncales transversales Artículo 19. Estudios, Const, Reconst. y Pav., de la carretera Transversal Buenaventura - Bogotá
--- ---
Proyecto 2. Buga - Espinal $ 8.050.000.00
Crédito PRESUPUESTO DE GASTOS Inversión directa Programa 05 Construcción de carreteras troncales transversales. Artículo 19. Estudios, Const., Reconst, y Pav. de la carretera Transversal Buenaventura-Bogotá .
Proyecto 1. Buenaventura - Buga $ 8.050.000.00
Artículo 4° Este Decreto rige a partir de la fecha, de su expedición.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, a 15 de septiembre de 1973

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría. El Ministro de Obras Públicas, Argelino Duran Quintero.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.