por el cual se suprimen unos empleos y una partida para gastos y se crean otros en el ramo Postal
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo 1.° Suprímense los empleos de Contramaestre y de dos Marineros, así como la partida señalada para alumbrado de la goleta Presidente Restrepo, en virtud de haber vendido el Gobierno dicho barco en reciente pública licitación.
Artículo 2.° Créanse en la Agencia Postal de Cartagena las plazas de Ayudante y de Guarda de la Sección de Recibo y Despacho, con las dotaciones de treinta pesos ($ 30) y diez y ocho pesos ($ 18) mensuales, respectivamente.
Artículo 3.° Créanse asímismo en la Agencia Postal de Buenaventura las plazas de Ayudante del Servicio de Recibo y Despacho, y de Oficial de Lista Expendedor, con la asignación mensual de treinta pesos ($ 30) cada una.
Parágrafo. Surtirá sus efectos el presente Decreto desde el día 1° de diciembre de próximo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de noviembre de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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