Por el cual se otorga una gracia a los enfermos de Agua de Dios y se restablecen unas Oficinas en el Ramo postal y telegráfico
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales
DECRETA:
Art. 1.° Los enfermos de Agua de Dios que se encuentran en estado de pobreza pagarán solamente la cuarta parte de la tarifa telegráfica vigente, ó sea á medio centavo la palabra, siempre que los despachos no traten de asuntos de negocios.
Art. 2.° Restablécese las Oficinas postales y telegráficas de Carnicerías, Iquira y Paicol (Departamento del Tolima), cada una servida por un Telegrafista Administrador de Correos y un Cartero, con las asignaciones mensuales de $ 14 y $ 4 oro, respectivamente, las que se reconocerán desde elidía 1.° de Noviembre del año próximo pasado.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, á 29 de Febrero de 1904.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
ESTEBAN JARAMILLO
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