Por el cual se crean dos oficinas en el Ramo postal y telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1906-02-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

decreta :

Créanse las oficinas postales y telegráficas de San Antonio y Sucre, Departamento de Bolivar, cada una con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro:

San Antonio.
Un Telegrafista Administrador de Correos $ 30
Un Cartero 5
Sucre.
Un Telegrafista Administrador de Correos 40
Un Ayudante 35
Un Cartero 6

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 16 de Febrero de 1906.

R. REYES

El Ministerio de Gobierno,

gerardo PULECIO

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