Que deroga un Decreto y dicta una disposición concerniente a bienes de Instrucción Pública

Rango Decreto
Publicación 1909-10-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º Derógase el Decreto del Gobierno, número 1447 de 31 de diciembre último.

Este Decreto comenzará a regir desde el 1º de octubre próximo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 13 de septiembre de 1909.

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Subsecretario de Instrucción Pública encargado del Despacho,

Benjamin Uribe

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Dominio público (textos oficiales del Estado, libre reproducción)