Por el cual se da una autorización al Jefe de la Flotilla Postal
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º Autorízase al Jefe de la Flotilla Postal del Meta para transportar en cuatro viajes, de bajada, hasta una tonelada en cada viaje de materiales de construcción, destindos al hospital que en Puerto Carreño construye la Comisaría del Vichada, a Flotilla prestará este servicio cobrando a razón de cuarenta pesos por tonelada.
Parágrafo. El flete se pagará en Puerto López, en la forma y términos establecidos en la Flotilla para toda clase de carga, y ajustándose a lo prescrito en el Decreto 287 de 1939 y en la Resolución 324 de 1939, de la Contraloría General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de noviembre de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Luis BUENAHORA
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