Por el cual se hace un traslado de un artículo a otro de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1927-12-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 17 de la Ley 34 de 1923, y

considerando:

Que en virtud de la petición hecha por el Ministro de Industrias, en oficio número 609, de fecha 2 del presente mes, el Consejo de Ministros tuvo a bien acceder al traslado de la suma de tres mil pesos ($3,000) de un artículo a otro de la Ley de Apropiaciones de la vigencia actual,

decreta:

Artículo 1° Trasládase la suma de tres mil pesos ($ 3,000) del capítulo 45, artículo 454, al artículo 463 del mismo capítulo, del Presupuesto en curso.
Artículo 2° Dése el aviso correspondiente al Departamento de Contraloría.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de noviembre de 1927.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Industrias, José Antonio MONTALVO.

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