Por el cual se dicta una disposición relacionada con el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que debido a la creación del Consejo Administrativo de los ferrocarriles nacionales, y por razón de las economías llevadas a cabo en el Ministerio de Obras Públicas, quedó suprimido el cargo de Director General de Ferrocarriles,
DECRETA:
Artículo único. En las faltas accidentales o transitorias del Ministro de Obras Públicas, lo reemplazará en el Consejo Administrativo de los ferrocarriles nacionales el Secretario General del Ministerio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de octubre de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO
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