Por el cual se modifica el Decreto número 408 de febrero 21 de 1961, y se distribuyen unas apropiación. (Ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Disminuyese en $ 400.000.00 la apropiación del Capítulo 3104, artículo 31127, Proyecto 1), ordinal 5 del Presupuesto vigente "Puente Cobaria, Carretera del Sarare".
Esta suma se incorporara en la partida global .correspondiente al Capítulo 3104, articulo 3112, Proyecto I), del Presupuesto vigente.
Artículo 2°. De la partida apropiada en el Capítulo 3104, artículo 31127, Proyecto I), del Presupuesto vigente, "Estudios, construcciones y terminaciones de puentes en el país, incluidos los estudios de los puentes sobre el rio Humea, en Puerto Porfía, y sobre el Meta, en Puerto López", hácese la siguiente distribución:
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de agosto de 1961
ALBERTO LLERAS
El ministro de Obras Públicas, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,
Misael Pastrana Borrero.
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