Por el cual se modifica la distribución del presupuesto del Ministerio de Agricultura y comercio hecha por medio del Decreto número 419 de 7 de marzo último
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le otorga la Ley 100 de. 1931,
DECRETA:
Artículo único. Disminuyese en la cantidad de siete mil novecientos cincuenta y Cinco pesos $ 7,955) la partida destinada "Para pago de sueldos del personal del Ministerio," y auméntanse en la misma suma las siguientes apropiaciones: en cuatro mil quinientos pesos ($ 4,500) la partida destinada "para estudios de regadíos en el país"; en cuatrocientos pesos ($ 400), la partida señalada "para pago de jornales, compra de herramientas, elementos y demás gastos que ocasione .el sostenimiento de la estación experimental de La Picota"; en dos mil trescientos noventa pesos ($ 2,390) la partida destinada "para material, compra de elementos y demás gastos que ocasione el sostenimiento de la Escuela Nacional de Medicina Veterinaria"; en seiscientos cincuenta pesos ($ 650) la partida señalada para auxiliar a las sociedades de agricultores del país", y en quince pesos ($ 15) la partida destinada "para exposiciones agrícolas y pecuarias."
En estos términos queda modificado el Decreto número 419 de 1935.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de octubre de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Agricultura y Comercio,
Francisco RODRIGUEZ MOYA
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