Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1940-10-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales.

DECRETA:

Artículo 1° De los fondos apropiados en el artículo 1145, capítulo 66, de la Ley de Apropiaciones vigente, destinase la cantidad de trescientos pesos ($ 300) para iniciar el funcionamiento de restaurantes escolares en el Municipio de Socotá (Boyacá)
Artículo 2° Esta suma se girará por conducto del Tesorero Departamental de Boyacá.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de octubre de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Jorge Eliécer GAITAN

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.