Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto (ramo de Guerra)

Rango Decreto
Publicación 1927-12-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el señor Ministro de Guerra, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34 de 1923, elevó al honorable Consejo de Ministros la solicitud para hacer un traslado por valor de $ 12,000, del artículo 421 al artículo 422, ambos del capítulo 39 de la Ley de Apropiaciones vigente; y Que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 23 del presente, aprobó el traslado solicitado,

decreta:

Artículo 1° Trasládase en el Presupuesto Nacional de rentas y Ley de Apropiaciones de la actual vigencia, la siguiente partida:

Del capítulo 39, artículo 421 12.000
Al capítulo 39, artículo 422 12.000
Sumas iguales. 12.000 12.000

Artículo 2° Dése el aviso correspondiente al Departamento de Contraloría.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de noviembre de 1927.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Guerra,

Ignacio RENGIFO B.

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