Por el cual se reúnen en una sola las Facultades de Educación

Rango Decreto
Publicación 1935-11-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente cíe la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que para hacer más armónicos, serios y eficaces los altos estudios de las Ciencias Pedagógicas conviene reunir en una sola Facultad de Educación las tres que hoy están en función,

DECRETA:

Articulo 1.° A partir del 1.° de enero de 1936 sólo habrá una Facultad de Educación: la organizada por el Decreto número 1900 de 1933.
Articulo 2.° Los alumnos y alumnas de la Facultad de Educación de Tunja y del Instituto Pedagógico Nacional para señoritas que desearen continuar estudios en la Facultad de Educación de Bogotá harán solicitud de matrícula en el mes de diciembre del año en curso.
Artículo 3.° Autorizase al Ministerio de Educación para determinar por medio de resoluciones las condiciones de ingreso de los alumnos de que trata el artículo 2.°, y para fijar el pensum de las nuevas secciones de especialización que se hagan necesarias.
Artículo 4.° El presupuesto destinado a la Facultad de Educación de Tunja se aplicará desde la vigencia de 1936 al sostenimiento de la Escuela Anexa de la Normal Nacional de aquella misma ciudad, la que continuará en función con el mismo pensum y reglamento de las demás Escuelas Normales.
Artículo 5.° Deróganse los Decretos números 857 y 1379 de 1934.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de octubre de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

Darío ECIJANDIA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.