por el cual se crean dos Oficinas en el ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Creánse las Oficinas Postales y Telegráficas de Santo Tomás (Departamento del Atlántico), y Coper (Departamento de Boyacá), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Santo Tomás. | Santo Tomás. | Santo Tomás. |
|---|---|---|
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 22 |
| Un Cartero | 3 | |
| Para gastos de alumbrado | 1 | |
| Coper. | Coper. | Coper. |
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | 22 | |
| Un Cartero | 3 | |
| Para gastos de alumbrado | 1 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de noviembre de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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