Por el cual se establece la escala de remuneración para los empleos del área técnico-científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras, Ingeominas

Rango Decreto
Publicación 1982-02-17
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981.

DECRETA:

Artículo 1. Establécese la siguinte escala de remuneración para los empleos del área técnico-científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geologico-Mineras, Ingeominas.
Grado Asignación básica
01 35.300
02 37.200
03 39.500
04 41.300
05 43.500
06 47.000
07 49.400
08 53.000
09 56.500
10 61.000
Artículo 2. En la escala de remuneración fijada en el artículo anterior, la primera columna señala los grados de remuneración, la segunda columna indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.
Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1982.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de enero de 1982.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

EduardoWiesnerDurán.

El Ministro de Minas y Energía,

Carlos Rodado Noriega.

El Jefe del Departamento Administrativo del ServicioCivil,

Laura Ochoa de Ardila.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.