por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 1994-01-24
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República tiene previsto viajar a El Salvador y Honduras, durante los días 26, 27 y 28 de enero de 1994, para asistir a la posesión del Presidente de Honduras y en visita oficial a El Salvador;

Que por tal razón, el Presidente de la República se trasladará a territorio extranjero entre los días 26 y 28 de enero de 1994 inclusive;

Que en razón de las disposiciones constitucionales y de conformidad con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1º Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deleganse en el Ministro de Gobierno doctor Fabio Villegas Ramírez, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de supublicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 24 de enero de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Miguel Silva Pinzón.

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