Por el cual se distribuye una partida

Rango Decreto
Publicación 1942-08-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Los fondos no distribuidos por decretos anteriores, del capítulo 09, articulo 1018, del Presupuesto Nacional vigente, se distribuyen así:

Mensual. Total.

Para pago de una pensión alimenticia a la señorita Ella Pellit levett, en la Ciudad

Universitaria, a partir del 1° de julio al 31 de agosto, a $ 150.00 300.00

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 6 de agosto de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Germán ARCINIEGAS

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