Por el cual se destina una suma para compra de muebles y otros enseres destinados a la Escuela Vocacional Agricola de Jenesano
Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales.
DECRETA:
Artículo 1° De los fondos apropiados en el artículo 951, capítulo del Presupuesto Nacional vigente, destínase la cantidad de cuatrocientos pesos ($ 400) para la compra de muebles y otros enseres destinados al funcionamiento de la Escuela Vocacional Agrícola de Jenesano
Artículo 2° La suma anterior será manejado por el Contador Habilitado de Escuelas Vocacionales
Comuníquese publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de agosto de 1942.
EDUARDO SANTOS
Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional,
Germán ARCINIEGAS
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