por el cual se adoptan disposiciones relativas a la celebración del “Día de las Naciones Unidas”
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que en su segundo período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Resolución número 126 por la cual invitó a los Estados Miembros a cooperar en la celebración del Día de las Naciones Unidas, el 24 de octubre de cada año, aniversario de la entrada en vigor de la Carta de la Organización;
Que por Resolución número 314, aprobada en su XI período de sesiones, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas pidió a los Estados Miembros que estimulen la difusión, dentro de sus respectivos territorios, de información sobre los propósitos, principios y actividades de la Organización y de sus Organismos Especializados;
Que en el corriente año de 1967 se conmemora el XXII Aniversario de la fundación de las Naciones Unidas,
DECRETA:
Artículo primero. El Gobierno de Colombia se asocia oficialmente a la conmemoración del Día de las Naciones Unidas, el 24 de octubre del año en curso, XXII Aniversario de la fundación del Organismo Mundial.
Artículo segundo. Las autoridades nacionales, departamentales y municipales organizarán, de común acuerdo con el Centro de Información y la Asociación Colombiana pro Naciones Unidas, los actos y programas que se consideren adecuados para la celebración de la fecha aniversaria mencionada.
Parágrafo. A este efecto, el Ministerio de Educación Nacional transmitirá a las Direcciones Departamentales de Educación Pública, a las Intendencias y Comisarías y a las Universidades y Establecimientos Oficiales de Educación, el texto del presente Decreto, a fin de que en sus respectivas jurisdicciones se preste la más amplia colaboración en los actos que sean programados para la conmemoración del día de las Naciones Unidas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a octubre 18 de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Relaciones Exteriores, Germán Zea. El Ministro de Educación Nacional, Gabriel Betancur Mejía.
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