Por el cual se crean varios empleos en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.° Créase la plaza de Ayudante en las Oficinas Telegráficas de Andes y La Palma, con la asignación mensual de $ 25 cada una.
Artículo 2.° Créase igualmente una plaza más de Ayudante en las Oficinas Telegráficas de Ambalema, Banco Líbano, Salento, Valledupar y Medellín; una más de Oficial de Recibo en esta última oficina; dos más de Cartero en la de Barranquilla , y una más en la de Girardot, con las mismas asignaciones mensuales que corresponden a las de su clase en dichas oficinas.
Comuniqúese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de noviembre de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno.
Miguel ABADIA MENDEZ.
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