Por el cual se crean varios empleos en el ramo Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1916-11-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1.° Créase la plaza de Ayudante en las Oficinas Telegráficas de Andes y La Palma, con la asignación mensual de $ 25 cada una.
Artículo 2.° Créase igualmente una plaza más de Ayudante en las Oficinas Telegráficas de Ambalema, Banco Líbano, Salento, Valledupar y Medellín; una más de Oficial de Recibo en esta última oficina; dos más de Cartero en la de Barranquilla , y una más en la de Girardot, con las mismas asignaciones mensuales que corresponden a las de su clase en dichas oficinas.

Comuniqúese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de noviembre de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Gobierno.

Miguel ABADIA MENDEZ.

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