SOBRE PRESUPUESTO ADICIONAL DE LA INTENDENCIA DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA, PARA 1930

Rango Decreto
Publicación 1930-11-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto:

DECRETO NUMERO 47 DE 1930

(octubre 20)

"sobre presupuesto adicional de gastos en la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, para la vigencia fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1930.

"El Intendente Nacional de San Andrés y Providencia,

"en uso de sus atribuciones legales, y teniendo en cuenta el radio del señor Ministro de Gobierno, de fecha diez y seis de los corrientes,

"DECRETA:

"Artículo 1° Distribuyese para los siguientes gastos la suma de $ 34,492-28, crédito adicional abierto por la Ley 12 de 1930 (octubre 13), para atender a los gastos que demande la Intendencia en el año dicho, así:

CAPITULO I CAPITULO I
"Departamento de Hacienda-Salubridad e Higiene-Personal-Material. "Departamento de Hacienda-Salubridad e Higiene-Personal-Material.
"Artículo 2°Sueldo del Médico de Sanidad del puerto, a $ 130 mensuales 1,56
"Artículo 3° Para medidas sanitarias, en el año, hasta 200
"Artículo 4° Para drogas, en el año, hasta 149 75
"Suma el capítulo 1,909 75
"CAPITULO II "CAPITULO II
"Administración de Hacienda-Personal y material. "Administración de Hacienda-Personal y material.
"Artículo 5° Sueldo del Administrador de Hacienda Nacional, a $ 220 mensuales 2,640
"Del Contador de la Administración de Hacienda, a $ 100 mensuales 1,200
"Del Revisor de la Administración de Hacienda, a $ 80 mensuales 960
"Artículo 6° Para compra de materias primas para la producción de licores, hasta 100
"Suma el capitulo 4,900
"CAPITULO III "CAPITULO III
"Resguardo Nacional-Personal y material. "Resguardo Nacional-Personal y material.
"Artículo 7° Sueldo del Jefe del Resguardo, en cuatro meses, a $ 140 mensuales 560
"Del Jefe del Resguardo, en ocho meses, a $ 135 mensuales 1,080
"De dos Cabos del Resguardó, en cuatro meses, a $ 70 mensuales cada uno 560
"De dos. Cabos del Resguardo, en ocho meses, a $ 75 mensuales cada uno 1,200
"De seis Guardas, uno de los cuales servirá de Piloto de la lancha del Resguardo, en cuatro meses, a $ 50 mensuales cada uno 1,200
"De seis Guardas, uno de los cuales servirá de Piloto, en ocho, meses, a $ 53 mensuales cada uno 2,544
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"Del Mecánico de la lancha, encargado de los faros, a $ 75 mensuales 900
"Del Piloto de Providenciaba $ 25 mensuales 300
"Artículo 8° Para gasolina y aceite de la lancha del Resguardo, a $ 20 mensuales 240
"Artículo 9° Para reparación y pintura de la lancha y del esquife de Providencia, hasta 210
"Artículo 10. Para captura de contrabandos, hasta 110
"Suma el capítulo 8,604
"CAPITULO IV "CAPITULO IV
"Faros-Personal y material. "Faros-Personal y material.
"Artículo 11. Sueldo del Vigilante del faro de Providencia, a $ 20 mensuales 240
"Artículo 12. Para gastos de conservación y arrendamiento del terreno donde está situado el faro de Providencia, hasta 300
"Artículo 13. Para gastos imprevistos de este Departamento, hasta. 10
"Suma el capítulo 550
"CAPITULO V "CAPITULO V
"Departamento de Instrucción Pública-Personal y material. "Departamento de Instrucción Pública-Personal y material.
"Artículo 14. Sueldo del Inspector Escolar, a $ 120 mensuales 1,440
"De un Subinspector Escolar en Providencia, a $ 50 mensuales 600
"Del Director de la escuela de varones de San Andrés, a $ 70 mensuales 840
"De la Directora de la escuela de niñas de San Andrés, a $ 120 mensuales 1,440
"De la Subdirectora de la escuela de niñas de San Andrés, a $ 80 mensuales 960
"Del Director de la escuela de varones de San Luis, a $ 70 mensuales 840
"De la Directora de la escuela de niñas de San Luis, a $90 mensuales 1,080
'Del Director de la escuela de varones de La Loma, a $ 70 mensuales 840
"De 1a Directora de la escuela de niñas de La Loma, a $ 70 mensuales 840
"De la Directora de la escuela mixta. de El Cove, a $ 50 mensuales 600
"Del Director de la escuela de varones de Santa Isabel, en Providencia, a $ 50 mensuales. 600
"De la Directora de la escuela de niñas de Santa Isabel, en Providencia, a $ 40 mensuales 480
"De la Subdirectora. de la escuela de niñas de Santa Isabel, en Providencia, a $ 15 mensuales 180
"Del Director de la escuela de varones de Roky Point, en Providencia, a $ 40 mensuales 480
" De la Directora de la escuela de niñas de- Roky Point, en Providencia, a $ 40 mensuales 480
"Del Director de la escuela de varones de Botton House, en Providencia, a $ 45 mensuales 540
"De la Directora de la escuela de niñas de Botton House, en Providencia, a $ 40 mensuales 480
"De la Directora de la escuela mixta de Lazzy Hillen, Providencia, a $ 40 mensuales 480
"Artículo 15. Para muebles y material de las escuelas, hasta 200
"Artículo 16. Para premios de los alumnos de las escuelas, hasta 220
"Artículo 17. Para gastos imprevistos de este Departamento, hasta. 20
"Suma el capítulo 13,640
"CAPITULO VI "CAPITULO VI
"Departamento de gastos varios. "Departamento de gastos varios.
"Artículo 18. Para entregar a la Junta de Obras. Públicas de la Intendencia el 10 por 100 sobre el producto de la exportación de cocos para las obras materiales, calculada en este año en la suma de $ 7,197-98, de conformidad con el parágrafo del artículo 6° de la Ley 52 de 1912 719 80
"Artículo 19. Para combustible, accesorios y demás para la actual planta eléctrica, hasta 200
"Artículo 20. Para compra de gasolina para el carro de la Intendencia, a $ 10 mensuales 120
"Artículo 21. Para reparaciones y accesorios del carro de la Intendencia, hasta 180
"Artículo 22. Para reparaciones y pintura de los edificios de propiedad nacional, hasta 1,631
"Artículo 23. Para comprar tres máquinas para las oficinas de la Intendencia, Administración, de Hacienda y Resguardo Nacional, hasta. 375
"Artículo 24. Para la celebración del centenario de la muerte del Libertador, hasta 400
"Artículo 25. Para gastos eleccionarios, así: "Artículo 25. Para gastos eleccionarios, así:
"Sueldo del Secretario del Jurado Electoral de San Andrés, en las elecciones para Presidente de la República 40
"Para útiles de escritorio en las mismas elecciones 15
"Sueldo del Secretario del Jurado Electoral de Providencia, en la misma elección 30
"Para útiles de escritorio; en tales elecciones 5
"Artículo 26. Para pagar los gastos de la enfermedad y sepelio del señor Jorge E. Santos H., quien desempeñaba el cargo de Secretario General de la Intendencia, de conformidad, con el artículo 4° del Decreto intendencial número 3, de enero 8 de 1930 206
"Artículo 27. Para pagar el mes de enero del presente año a tres Agentes de la Policía intendencial, que prestaron sus servicios y no figuran en el respectivo presupuésto, a $ 50 mensuales cada uno 150
"Artículo 28. Para pagar al señor James Hayes, siete días del mes de enero del presente año, su sueldo como Secretario de la Oficina de Sanidad, puesto que queda eliminado en este presupuesto, a $ 60 mensuales $ 14
"Artículo 29. Para pagar al señor Teófilo Forbes, cuatro meses del presente año, su, sueldo como Ayudante de la Oficina de Sanidad del puerto, puesto que se elimina en este presupuesto, desde el de mayo, a $ 50 mensuales 200
"Artículo 30.Para pagar cinco Agentes de la Policía Intendencial, que prestaron sus servicios en siete días del mes de septiembre último, eliminados en el Decreto ejecutivo numero 1292 (agosto 19), a $ 48 mensuales cada uno 56
"Para pagar un Agente de la Policía intendencial, que prestó sus servicios en catorce días del mes de septiembre último, eliminado en el Decreto 1292 citado, a $ 48 mensuales 22 40
"Artículo 31. Para pagar eventualidades al Recaudador de Hacienda Nacional del Municipio de Providencia, el 10 por 100 sobre la suma que recaude (Decreto ejecutivo número S54, de 14 de junio de 1930), hasta. 15 95
"Artículo 32. Para pagar los pasajes de los Agentes de la Policía intendencial, que se relevan entre esta isla y la de Providencia, hasta. 40
"Suma el capítulo $ 4,400 15
"CAPITULO VII "CAPITULO VII
"Vigencias anteriores. "Vigencias anteriores.
"Artículo 33. Para pagar al señor Ernesto Dastan el valor del levantamiento del plano del teatro de los acontecimientos de sangre ocurridos en este Municipio en 1° de noviembre próximo pasado, ordenado por el funcionario de instrucción, según cuenta presentada $ 99 50
"Artículo 34. Para pagar al señor José Alberto Munévar, el valor de varios trabajos efectuados en la confección del censo civil, según cuenta presentada 60
"Artículo 35. Para pagar al Jefe de la estación Inalámbrica de esta isla, el valor de las excedencias de radios oficiales en el mes de diciembre del año pasado, según cuenta 28 88
"Suma el capítulo 188 38
RECAPITULACION RECAPITULACION
"Capítulo I 1,909 75
"Capítulo II 4,900
"Capítulo III 8,904
"Capítulo IV 550
"Capítulo V 13,64
"Capítulo VI 4,400 15
"Capítulo VII 188 38
"Suma 34,492.28

"DISPOSICIONESGENERALES

"Artículo 36. La partida para viáticos del Intendente, en las visitas oficiales que .practique dentro del territorio, no podrá invertirse de una sola vez; sino en dos visitas anuales, a razón de $ 100 .cada una, y a las cuentas de cobro que se presenten al efecto, se acompañarán copias autenticadas de las actas de vista.

"Parágrafo, Las comisiona del Juzgado del Circuito las determinará y efectuará personalmente el Juez asociado de su Secretario, en los casos de investigación de algún asunto criminal, y en las cuentas que se presenten se detallarán los gastos que ocasionen, en los cuales no se incluirán los de carácter extraordinario ni de alimentación.

"Artículo 37. "Sométase el presente Decreto a la aprobación del Gobierno.

"Dado en San Andrés, a 20 de octubre de 1930

El Intendente, Alfonso Rincón

"El Secretario General, Manuel A. Palacio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de noviembre de 1930.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Carlos E. RESTREPO

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