Por el cual se fija una asignación en el ramo de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Fíjase en diez pesos ($ 10) el sueldo mensual del Administrador de Correos de La Peña (Cundinamarca ) , desde el día 1.° del presente mes.
Comuniqúese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de noviembre de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA
E1 Ministro de Gobierno
Miguel ABADIA MENDEZ.
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