Por el cual se reglamenta el artículo 11 de la Ley 83 de 1925

Rango Decreto
Publicación 1938-04-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
Fuente SUIN-Juriscol
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por el cual se reglamenta el artículo 11 de la ley 83 de 1925.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

teniendo en cuenta:

DECRETA:

Articulo 1° Está comprendido dentro del monopolio de licores de los Departamentos el alcohol impotable producido por la adicción al alcohol etílico de sustancias propias para este objeto.
Articulo 2° Son libres la producción y comercio de los alcoholes que por su naturaleza son tóxicos, aptos solamente para usos industriales, diferentes del alcohol etílico puro y del alcohol etílico desnaturalizado o importable, tales como los alcoholes metílico, propílico, butílico y amílico.
Articulo 3° La producción, transporte, conservación y expendio de los alcoholes de que se trata en el artículo anterior, estará sujeta a la vigilancia de los agentes departamentales, mediante las reglas que dicten las respectivas Asambleas, y con el único fin de prevenir y castigar los fraudes que pudieran intentarse o cometerse contra la renta de licores destilados o por razón de los impuestos de consumo legalmente establecidos en favor del Departamento o Municipio.

Consecuencialmente, es entendido que las medidas que dicten las Asambleas Departamentales, o los gobernadores en desarrollo de estas, o los concejos Municipales, los alcaldes o cualquiera otra autoridad, no pueden entrabar ni dificultar directa o indirectamente, ni en modo alguno estorbar la Producción de los alcoholes en referencia, ni su consumo, ni el libre ejercicio, de esta industria.

Artículo 4° Los fabricantes de alcoholes de que se hable en el artículo 2º de este Decreto, quedan obligados a vender al Departamento en donde se fabriquen, a precio de costo, hasta un cuarenta por ciento (40%) de la producción total.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de febrero de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro De Industrias Y Trabajo,

Antonio ROCHA

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