Por el cual se suprime una oficina y un empleo, se crea una plaza y se fijan unas asignaciones en el ramo Telegráfico
El Presidente de la Republica,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.° Suprímase la Oficina Telegráfica de Puerto Nuevo y una de las dos plazas de Ayudantes de la de Aguadas.
Artículo 2.° Fijase en $ 55 y $ 40 las asignaciones mensuales del Jefe y Ayudante de la Oficina Postal y Telegráfica de Agua de Dios (Oficina externa), respectivamente, y en $ 30 la del Telegrafista Administrador de Correos de Melgar.
Artículo 3.° Crease una plaza mas de Telegrafista en la Oficina de Medellín, con la misma asignación mensual de las de su clase en aquella Oficina.
El presente Decreto regirá desde su fecha.
Comuníquese y publíquese,
Dado en Bogotá a 14 de noviembre de 1916.
JOSÉ VICENTE CONCHAL Ministro de Gobierno MIGUEL ABADÍA MENDEZ.
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