Por el cual se crea una sección de Policía Nacional en Calamar

Rango Decreto
Publicación 1926-01-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confiere la Ley 51 de 1925 en lo referente a la Policía Nacional,

decreta:

Artículo 1° Créase una Sección de Policía Nacional dependiente de la Sección de Fronteras y Servicios Varios de Fuera, de ese Cuerpo, que tendrá su asiento en Calamar, y en caso necesario, prestará el auxilio que necesite la Comisión del Ministerio de Industrias que estudia los asuntos del oleoducto. Esta Sección se compondrá del siguiente personal:
Un Comisario de primera clase, a $ 150 mensuales $ 1,800
Dos Agentes de primera clase, a $ 70 mensuales cada uno 1,680
Tres Agentes de segunda clase, a $ 60 mensuales cada uno 2,160
Treinta Agentes de tercera clase, a $ 50 mensuales cada uno 18,000
Artículo 2º Auméntase el sueldo del Pagador de la Sección de Barrancabermeja a $ 150 mensuales, e impónesele la obligación de pagar la Sección que por este Decreto se crea.
Artículo 3º Señálanse las siguientes partidas para atender a los gastos de material de la Sección que se crea, en el año:
Para uniformes de dril $ 1,440
Para correaje 360
Para gastos de instalación 500
Para revólveres 700
Para pasaportes 1,800
Para arrendamientos 600
Para drogas, hospital, alumbrado y útiles de escritorio 600
Artículo 4º Por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se adicionará la liquidación del Presupuesto de gastos de 1926, y se abrirá el crédito adicional correspondiente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de diciembre de 1925.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Ramón RODRIGUEZ DIAGO.

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